jueves, febrero 5, 2026
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¿Daniel Quintero en la consulta presidencial de marzo? Esto se sabe

El Consejo Nacional Electoral (CNE) al parecer habría autorizado la participación del exalcalde de Medellín Daniel Quintero en la consulta interpartidista del Frente por la Vida prevista para el 8 de marzo de 2026.

La decisión fue adoptada por la Sala Plena con una votación de 7-1 y revoca la negativa que había emitido previamente la Registraduría Nacional sobre su inscripción.

Con esta determinación, el tribunal electoral ordenó formalmente la inclusión de Quintero como precandidato en el mecanismo de selección de la coalición. La resolución que oficializa la medida está en proceso de elaboración y será notificada al exmandatario en los próximos días.

Según se sabe el análisis del CNE se centró en la validez de la participación previa de Quintero en la consulta interna realizada por el Pacto Histórico el 26 de octubre de 2025. Los magistrados concluyeron que no se configuró una participación efectiva del exalcalde en ese proceso, debido a que manifestó de forma expresa y por escrito su rechazo a cualquier inscripción que no correspondiera a su condición de integrante del movimiento político.

Es decir, la inscripción de Quintero nunca quedó en firme, ya que renunció antes de los comicios, aunque su fotografía ya estaba impresa en los tarjetones, consiguiendo cerca del 6,15% del total de votos.

El exalcalde, que salió del Pacto Histórico argumentando “falta de garantías”, exploró otras opciones. En diciembre de 2025, recibió el aval del Partido Autoridades Indígenas de Colombia (AICO), y este movimiento revivió temporalmente su campaña. Sin embargo, la Registraduría insistió en su incapacidad legal y constitucional, pasando el caso al CNE.

Cabe recordar que la Registraduría indicó que “registró su participación en la consulta popular del pasado 26 de octubre de 2025, resultando derrotado al obtener la tercera votación, y que pretendía ser postulado a través de organizaciones políticas diferentes», esto es los partidos políticos Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia – AICO y Partido del Trabajo de Colombia».

Bajo esa premisa, la entidad sostuvo que «aceptar la inscripción de una precandidatura de un ciudadano que participó en una consulta en la que fue derrotado y, además, pretenda hacerlo por una agrupación política diferente, es contrario a la Constitución y a la ley», indicó en su momento.

El CNE sostuvo que la ausencia de aceptación del aval y la negación explícita de la inscripción impiden atribuirle la condición de participante en la consulta anterior. Bajo ese criterio, concluyó que no existía inhabilidad para que aspire en la consulta de marzo, al no haberse materializado una intervención voluntaria y sostenida en el proceso previo.

La decisión del CNE contradice la postura adoptada por la Registraduría, que en dos oportunidades negó la posibilidad de inscripción del exalcalde. El registrador nacional, Hernán Penagos, había solicitado un pronunciamiento de fondo por parte del tribunal electoral para definir la situación jurídica del aspirante.

Ante este escenario, IFMNOTICIAS se comunicó con el CNE para ampliar la respuesta ante esta decisión y conocer en detalle cómo se efectuó, sin embargo, hasta el momento no ha tenido respuesta oficial por parte de la entidad ya que los magistrados se encuentran en Sala y no han emitido declaraciones.

El fallo se produce en un contexto en el que el mismo organismo electoral resolvió recientemente que Iván Cepeda no podía participar en la consulta de marzo, al considerar que sí intervino en la selección interna del Pacto Histórico realizada en octubre. El contraste entre ambos casos fue uno de los elementos evaluados durante la deliberación de la Sala Plena.

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