Abogado de Gustavo Petro al CNE: “No se responderán los cargos formulados al Presidente de la República”
En una carta dirigida al Consejo Nacional Electoral (CNE), el abogado Héctor Alfonso Carvajal Londoño, representante del presidente Gustavo Petro, informó que no se responderá a los cargos formulados contra el mandatario por la presunta violación de los topes de su campaña presidencial. Según el jur
En una carta dirigida al Consejo Nacional Electoral (CNE), el abogado Héctor Alfonso Carvajal Londoño, representante del presidente Gustavo Petro, informó que no se responderá a los cargos formulados contra el mandatario por la presunta violación de los topes de su campaña presidencial. Según el jurista, el CNE carece de competencias para investigar al jefe de Estado, en razón de las disposiciones constitucionales que lo amparan.
Carvajal argumentó que los actos administrativos en los que se fundamentó la defensa del presidente “no fueron impugnados y, por lo tanto, conservan su presunción de legalidad y fuerza de ejecutoria, que es jurídicamente vinculante erga omnes”. En el documento, enfatizó que la decisión adoptada por el CNE se aparta de “las decisiones y reglas constitucionales y legales citadas en precedente, sin justificación alguna”.
Asimismo, Carvajal señaló que la actuación del CNE vulnera derechos fundamentales del presidente Petro, entre ellos el debido proceso y su fuero especial constitucional. “NO SE RESPONDERÁN LOS CARGOS FORMULADOS AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, por cuanto la actuación es violatoria de los derechos fundamentales del Señor Presidente de la República, doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, al debido proceso, al juez natural, al fuero especial constitucional, a las reglas del precedente constitucional contenido en las sentencias C-1153 de 2005 y SU-431 de 2015”.
El abogado también advirtió que la decisión del CNE afecta la estabilidad institucional del país y la figura presidencial. “Atenta contra la estabilidad institucional de la Nación y de la figura del Presidente de la República como máxima autoridad administrativa, al atribuirse una Corporación del orden facultades que no le corresponden”, concluyó.

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