Saltar al contenido

(OPINIÓN) La nueva reforma tributaria del Gobierno vía avalúo catastral. Por: Jorge Enrique Vélez

Hoy es claro que ante la caída de las reformas tributarias que presentó el Gobierno al Congreso de la República, la estrategia es hacerlas vía avalúo catastral.

IFMNOTICIAS-03
IFMNOTICIAS-03
4 min lectura
Escuchar artículo
(OPINIÓN) La nueva reforma tributaria del Gobierno vía avalúo catastral. Por: Jorge Enrique Vélez

Tal como lo anticipé en el año 2024, hoy el catastro volvió a ser fiscalista de multipropósito solo tiene su nombre, y es suficiente con revisar la Resolución 2057, expedida el 30 de diciembre de 2025 por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), a través de la cual se establecieron los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales en las zonas rurales de 527 entidades territoriales municipales del país, en donde encontramos incrementos del 2.505.119 %, como es el caso de una zona del municipio de Saravena, en el departamento de Arauca, que precisamente por ser históricamente golpeado por la violencia, con presencia de grupos al margen de la ley, hace parte del Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET). Es por ello que me pregunto: ¿Este es el trato que les está dando el Gobierno a las víctimas del conflicto y a los campesinos de Colombia o es la nueva apuesta de la paz total? Porque, sin lugar a duda, estos incrementos desbordados van a agudizar los conflictos sociales en los territorios.

Pese a que la actual administración del IGAC se mostró inicialmente como técnica y salvadora de la política, vemos que en la práctica lo que ha hecho es agudizar la problemática en torno al catastro, y no le importa salir a culpar ahora a las entidades territoriales por el incremento del impuesto predial unificado de los predios rurales del país, como lo ha venido realizando, cuando sencillamente se limitó a entregar las bases catastrales sin tener un plan coordinado con las entidades territoriales que permita implementar estrategias que mitiguen el impacto de dichos incrementos en la liquidación del impuesto predial.

Ahora bien, reviso la norma que ha originado todo este caos a nivel nacional, el artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo (Ley 2294 de 2023), la misma se sustenta indicando que pretende corregir inequidades en la carga tributaria y mejorar la planificación del territorio, y me cuestiono: ¿dicha inequidad no es resultado de una entidad inoperante como el IGAC, que no hizo su tarea durante muchos años, es decir, no adelantó procesos de actualización ni implementó estrategias de mantenimiento de la información catastral, lo que ha ocasionado su desactualización? Y por eso, hoy son los ciudadanos propietarios de predios rurales los que tienen que asumir dicha carga. Adicionalmente, cómo el incremento de los avalúos catastrales mejora la planificación del territorio, si solo se está actualizando el valor del terreno, manteniéndose desactualizado el valor de la mejora o las construcciones, el componente físico y el jurídico. Esta es otra de las mentiras que este gobierno nos ha vendido.

Los ciudadanos no podemos permitir que movilizaciones como las que se realizarán el 9 de abril en todo el país, en contra de dichos incrementos, sean solo el resultado de un momento transitorio de fervor porque nos llegó la liquidación del impuesto predial con cobros desbordados. Es hora de exigir al Gobierno nacional que suspenda los efectos de dicha resolución. Que no salgan ahora el IGAC o el Gobierno a comprometerse con que van a revisar el proceso, para que en un par de semanas indiquen que todo está bien y lo realizado se ajusta a la realidad de los territorios, tal como sucedió con las mesas técnicas que realizaron con Fedegan, las cuales no terminaron en ningún resultado concreto, mientras que las fechas de pronto pago del impuesto predial se empiezan a vencer, teniendo los propietarios de predios rurales que pagar un monto mayor por la inoperancia de una entidad que realizó dicho ejercicio desde un escritorio en Bogotá, sin indagar o investigar las realidades económicas y productivas de los predios en los territorios. Es paradójico que el mismo IGAC, en la Resolución 2057, no cumpla las condiciones que se establecieron en la Resolución 1912 de 2024. Para adelantar el proceso, se evidencia claramente la improvisación del proceso.

Compartir:

Noticias relacionadas

(OPINIÓN) El 9 de abril. Por:
Opinión

(OPINIÓN) El 9 de abril. Por:

Hace 78 años se produjo el llamado “Bogotazo”, el asesinato del “Caudillo del Pueblo”, Jorge…

· 4 min