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No paran las críticas: ministro Osuna sobre consumo de drogas en casa

Las palabras del ministro Néstor Osuna dejó a más de uno sorprendido, al sugerirle a una periodista en una entrevista que lo importante es que le “enseñe” a su hija a consumir drogas en “casa”. El Defensor del Pueblo, Carlos Camargo, considera incomprensible que sea privilegiado el uso de parques de

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Redacción IFM
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No paran las críticas: ministro Osuna sobre consumo de drogas en casa

Las palabras del ministro Néstor Osuna dejó a más de uno sorprendido, al sugerirle a una periodista en una entrevista que lo importante es que le “enseñe” a su hija a consumir drogas en “casa”.

El Defensor del Pueblo, Carlos Camargo, considera incomprensible que sea privilegiado el uso de parques de recreación infantil para prácticas nocivas, argumentando el libre desarrollo de la personalidad.

Camargo se pronunció después de que fuera derogado el Decreto 1844 del 2018, el cual le otorgaba facultades a la Policía Nacional para que enfrentara y entregara resultados en la lucha contra las cadenas criminales que microtrafican en espacios públicos.

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“Es importante recordar al presidente que el decreto, recientemente derogado por el Gobierno Nacional, no solo se sustenta en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, sino que en concreto el Consejo de Estado revisó su legalidad y constitucionalidad y negó la solicitud de nulidad en sentencia del 30 de abril del 2020, considerando que ese decreto, el 1844 del 2018, se ajustaba a la ley y a la Constitución”, indicó Camargo.

Ahora con este nuevo decreto, los consumidores no pueden ser tratados como delincuentes y deben adoptarse iniciativas que tengan un mayor enfoque a la rehabilitación de personas con adicción a las drogas.

Cabe recordar que esta controversia se dio porque el Gobierno Nacional expidió en los últimos días el Decreto 2114 de 2023, por el medio del cual se determina no criminalizar el porte y consumo de la dosis personal de estupefacientes en el país.

En términos legales, la nueva orden lo que hace es dejar sin valor el capítulo 9 del título 8 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1070 de 2015, es decir, el Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, adicionado por el Decreto 1844 de 2018, el cual estaba vigente.

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Para entrar en vigor, el Decreto 2114 lleva las firmas del ministro del Interior, Luis Fernando Velasco; el de Justicia, Néstor Osuna, y el de Defensa, Iván Velásquez.

El Decreto 1844, en concreto, reglamentó parcialmente el Código Nacional de Policía y Convivencia en lo referente a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas.

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