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MinSalud ordenó equiparar la UPC del régimen subsidiado al 95% del contributivo tras orden de la Corte

El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 2605 de 2025, mediante la cual ordena equiparar la prima pura de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del régimen subsidiado al 95% de la prima del régimen contributivo dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

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Redacción IFM
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MinSalud ordenó equiparar la UPC del régimen subsidiado al 95% del contributivo tras orden de la Corte

El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 2605 de 2025, mediante la cual ordena equiparar la prima pura de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del régimen subsidiado al 95% de la prima del régimen contributivo dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

La decisión, firmada el 15 de diciembre, fue presentada por la cartera como el cumplimiento de órdenes emitidas por la Corte Constitucional en distintos pronunciamientos relacionados con la financiación del sistema.

De acuerdo con el Ministerio, la resolución responde a lo dispuesto en la Sentencia T-760 de 2008 y en autos posteriores, entre ellos el 411 de 2016, el 007 de 2025 y el 2049 de 2025, en los que el alto tribunal reiteró la obligación de cerrar la brecha en el valor de la UPC entre ambos regímenes. La cartera señaló que la equiparación se reflejará a partir de la vigencia 2026, cuando se expida el acto administrativo que fije los valores de la UPC para ese año.

El contenido de la resolución establece que el valor equiparado de la UPC del régimen subsidiado será incorporado en el acto mediante el cual se defina la estructura de costos del sistema, diferenciada por sexo, grupo etario y condiciones de dispersión geográfica.

También ordenó al Ministerio de Salud y a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) realizar el cálculo de escenarios financieros necesarios para cumplir con la equiparación, evaluando incrementos y diferenciales aplicables.

Sin embargo, el acto administrativo no hace referencia a los denominados presupuestos máximos, uno de los puntos sobre los cuales la Corte Constitucional había advertido incumplimientos por parte de la cartera. Tampoco precisa cómo ni en qué vigencias se resolverá la insuficiencia de la UPC registrada en 2023 y 2024, asunto que ha sido objeto de seguimiento judicial.

En días previos a la expedición de la resolución, el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, había señalado que no había sido notificado formalmente de un incidente de desacato abierto por la Corte Constitucional relacionado con estas órdenes. No obstante, el Ministerio sostiene que con la Resolución 2605 se da cumplimiento a los mandatos judiciales y se atienden los requerimientos formulados por el alto tribunal.

El documento también indica que, para hacer efectiva la equiparación, el Ministerio de Salud deberá solicitar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público los recursos adicionales necesarios. En ese sentido, la disponibilidad y el giro de los fondos quedarán supeditados a la capacidad fiscal del Estado y a las decisiones presupuestales que se adopten para la vigencia correspondiente.

Esta semana, la cartera de Salud había solicitado una aclaración a la Corte Constitucional sobre el alcance de las órdenes impartidas, petición que fue negada por los magistrados. Pese a ello, el Ministerio insiste en que la medida adoptada busca corregir diferencias acumuladas en la financiación del régimen subsidiado y ajustarse a los parámetros definidos por la jurisprudencia constitucional.

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