lunes, octubre 27, 2025
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Juez ordenó a Petro retractarse por señalar a Paloma Valencia de ser “cómplice” en falsos positivos

El Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá falló una tutela interpuesta por la senadora y precandidata presidencial Paloma Valencia, en la que determinó que el presidente Gustavo Petro vulneró sus derechos fundamentales al buen nombre y a la honra tras una publicación en la red social X.

Según la publicación del mandatario, señalaba a la senadora de haber sido “cómplice del asesinato de 6.402 jóvenes asesinados por armas oficiales”.

El mensaje, publicado por el mandatario el 29 de septiembre de 2025, fue la base de la acción judicial instaurada por Valencia, quien solicitó rectificación formal y argumentó que la afirmación carecía de sustento judicial y afectaba su reputación pública. En la demanda, la Congresista señaló que nunca ha sido investigada ni condenada por hechos relacionados con los denominados falsos positivos, por lo que consideró que la publicación constituía una imputación falsa.

La Presidencia de la República, en su respuesta ante el despacho judicial, defendió el mensaje del jefe de Estado al indicar que no se trataba de una acusación penal, sino de una expresión política dentro del marco del debate público. Según el argumento de la defensa, la palabra “cómplice” debía entenderse en sentido figurado, como una crítica a las posiciones políticas de la senadora.

El juzgado, sin embargo, determinó que la publicación de Petro excedió los límites del discurso político protegido por la libertad de expresión. En su análisis, el juez concluyó que el mensaje tuvo un efecto directo sobre los derechos a la honra y al buen nombre de la senadora Valencia, al atribuirle un acto delictivo sin base probatoria ni respaldo judicial.

Por lo anterior, el despacho ordenó a Petro que, en un plazo máximo de cinco días, se retracte públicamente de las afirmaciones realizadas y presente disculpas por el mismo medio y en los mismos términos en que efectuó la publicación. Esto implica que la rectificación deberá hacerse desde su cuenta oficial en la red X.

El fallo también exhortó al mandatario a abstenerse de realizar nuevas manifestaciones que puedan afectar de manera directa o indirecta los derechos fundamentales de la senadora o de cualquier otro ciudadano en el ejercicio del debate público.

La decisión se suma a otras órdenes judiciales recientes en las que distintos jueces han solicitado al presidente Petro rectificar o moderar el lenguaje empleado en sus redes sociales, en especial frente a declaraciones dirigidas contra opositores políticos o figuras públicas.

En este caso, el tribunal reiteró que, si bien el presidente conserva su derecho a la libre expresión, este debe ejercerse dentro de los límites que garantizan la protección de los derechos individuales reconocidos por la Constitución.

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