Tribunal admitió demanda contra el Ministerio de Igualdad y Fiduciaria Agraria por fondo de equidad
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió una acción de cumplimiento presentada contra el Ministerio de Igualdad y Equidad, Fiduagraria S.A. y el Consorcio Fondo MinIgualdad y Equidad, y ordenó avanzar con el trámite judicial tras verificar que la demanda cumple los requisitos legales.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha dado un paso significativo al admitir una demanda de acción de cumplimiento interpuesta por la Fundación para el Estado de Derecho. Esta acción judicial apunta directamente contra el Ministerio de Igualdad y Equidad, la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario Fiduagraria S.A., y el Consorcio Fondo MinIgualdad y Equidad, en un caso que busca garantizar la correcta ejecución de recursos públicos.
La decisión, plasmada en una providencia firmada el 6 de marzo de 2026 por el magistrado ponente Luis Norberto Cermeño, confirma la viabilidad de la acción judicial tras una exhaustiva verificación de los requisitos legales. El documento judicial es claro al señalar que, “por reunir los requisitos legales (artículo 10, Ley 393 de 1997), se admitirá la demanda de acción de cumplimiento presentada por la Fundación para el Estado de Derecho”, lo que abre formalmente el proceso.
La demanda se enfoca en la gestión y ejecución del Fondo de Igualdad y Equidad, un instrumento crucial para las políticas sociales del país. Las entidades demandadas son actores clave en la administración de este fondo, lo que subraya la relevancia del proceso. En su resolución, el tribunal fue explícito: “ADMITIR la demanda presentada por la Fundación para el Estado de Derecho, contra el Ministerio de Igualdad y Equidad, Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuaria - FIDUAGRARIA S.A., Consorcio Fondo MinIgualdad y Equidad”.
Notificaciones y plazos procesales
Como parte fundamental del trámite judicial, el Tribunal ha ordenado la notificación formal a todas las partes involucradas y a otras instancias estatales. El auto judicial establece que se debe “NOTIFICAR personalmente a las demandadas Ministerio de Igualdad y Equidad, Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuaria - FIDUAGRARIA S.A., Consorcio Fondo MinIgualdad y Equidad”. Adicionalmente, se ha dispuesto la notificación al agente del Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, garantizando así la transparencia y el debido proceso.
La providencia también detalla los tiempos procesales esenciales para el desarrollo del caso. Las entidades demandadas disponen de un plazo perentorio para ejercer su derecho a la defensa. Se precisa que “en el término de los tres (3) días siguientes a la notificación de esta providencia, las demandadas tienen derecho a hacerse presentes en el proceso y a allegar pruebas o solicitar su práctica”. Este periodo es crucial para que las partes presenten sus argumentos y soportes ante el Tribunal.
Finalmente, el documento judicial ha fijado un término para la emisión de la decisión de fondo. Una vez concluidas las etapas procesales correspondientes, el Tribunal “proferirá la decisión dentro de los veinte (20) días siguientes”. Esta celeridad busca asegurar una pronta resolución sobre el cumplimiento de las obligaciones que la Fundación para el Estado de Derecho ha señalado en su demanda. La orden de “NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE” cierra la providencia, marcando el inicio formal de un proceso judicial de alto interés público.
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