Gobierno creó zona temporal en Putumayo y suspendió órdenes de captura para integrantes de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano
Mediante la Resolución 053 de 2026, el Gobierno nacional estableció una Zona de Ubicación Temporal en el municipio de Valle del Guamuez, Putumayo, como parte del proceso de paz adelantado con la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano. El documento señala que la decisión se adopta “teniendo en cu
Mediante la Resolución 053 de 2026, el Gobierno nacional estableció una Zona de Ubicación Temporal en el municipio de Valle del Guamuez, Putumayo, como parte del proceso de paz adelantado con la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano.
El documento señala que la decisión se adopta “teniendo en cuenta el estado avanzado del proceso y en cumplimiento del Acuerdo No. 14 del 5 de diciembre de 2025”, en desarrollo de los mecanismos previstos en la Ley 2272 de 2022.
De acuerdo con la resolución, la medida tendrá una duración de diez meses y crea la denominada “Zona para la Capacitación Integral y Ubicación Temporal de Valle del Guamuez (ZUT-ZOCIUT)”, ubicada en área rural del departamento del Putumayo.
Según el texto oficial, esta zona tiene como objetivo “adelantar el proceso de tránsito a la vida civil de sus integrantes y contribuir a la terminación del conflicto armado”, en articulación con procesos de transformación territorial orientados a la sustitución de economías ilegales.
El documento también establece que las entidades de la rama ejecutiva deberán concurrir en el desarrollo de la zona antes, durante y después de su implementación, con el fin de atender los programas y proyectos que se requieran en el territorio.
Asimismo, se precisa que el funcionamiento de la zona se regirá por los protocolos definidos en la mesa de diálogos de paz autorizada mediante la Resolución 064 del 28 de febrero de 2024.
Durante el tiempo de vigencia de esta zona, el Gobierno adoptará medidas para garantizar condiciones de seguridad y convivencia tanto para los integrantes del grupo como para las comunidades vinculadas al proceso.
No obstante, la resolución también indica que dentro de la zona “se deberá garantizar el normal y pleno ejercicio del Estado Social de Derecho”, por lo que las autoridades continuarán ejerciendo sus funciones constitucionales y legales.
Uno de los puntos centrales del documento establece que, mientras esté vigente la zona, “queda suspendida la ejecución de las órdenes de captura, incluidas las órdenes de captura con fines de extradición”, contra los miembros de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano que se ubiquen allí, así como durante su desplazamiento hacia el lugar.
En caso de que se requieran actividades fuera de la zona, el Gobierno deberá informar a la Fiscalía General de la Nación sobre los beneficiarios de la suspensión temporal de dichas órdenes.
La resolución señala que la implementación de esta zona tendrá como referencia el Acuerdo No. 14 suscrito el 5 de diciembre de 2025 en la mesa de diálogos de paz.
Finalmente, se dispuso que la Oficina del Consejero Comisionado de Paz comunique la decisión a las autoridades judiciales y administrativas competentes.


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