Este es el decreto del impuesto al patrimonio empresarial para recaudar $8 billones ante emergencia invernal
Con la firma del Presidente de la República y de todos los ministros fue expedido el Decreto 0173 del 24 de febrero de 2026, mediante el cual el Gobierno adoptó medidas tributarias extraordinarias para financiar la atención de la emergencia económica derivada de la ola invernal.
Con la firma del Presidente de la República y de todos los ministros fue expedido el Decreto 0173 del 24 de febrero de 2026, mediante el cual el Gobierno adoptó medidas tributarias extraordinarias para financiar la atención de la emergencia económica derivada de la ola invernal.
La norma establece un impuesto temporal al patrimonio dirigido a personas jurídicas con patrimonio líquido superior a 200.000 UVT, equivalentes aproximadamente a $10.474 millones. La tarifa general fijada es del 0,5 %, mientras que para los sectores financiero y minero-energético, en particular las actividades de extracción de carbón y petróleo, se determinó una tarifa diferencial del 1,6 %.
El gravamen se liquidará sobre el patrimonio bruto descontando las deudas vigentes a la fecha de causación. El pago tendrá que realizarse en dos cuotas iguales: el 50% el 1 de abril de 2026 y el 50% restante el 4 de mayo del mismo año. De acuerdo con el Ministerio de Hacienda, la proyección de recaudo asciende a $8 billones.
El ministro de Hacienda, Germán Ávila, indicó que el instrumento tiene carácter temporal y señaló que, según estimaciones oficiales, el 56% del recaudo provendría de los sectores financiero y minero-energético. En un comunicado, la cartera explicó que los recursos permitirán financiar atención humanitaria, rehabilitación de infraestructura y procesos de reactivación productiva en las zonas afectadas.
La decisión se enmarca en la declaratoria de emergencia económica adoptada tras los efectos del frente frío y las inundaciones registradas en distintas regiones del país. Según el reporte presentado el 11 de febrero, se han contabilizado 65 emergencias en 61 municipios de ocho departamentos. De estas, 53 corresponden a inundaciones, cinco a movimientos en masa, tres a crecientes súbitas, dos a vendavales, una a erosión fluvial y una a erosión costera.
El Ministerio de Hacienda informó que más de 69.000 familias han resultado afectadas y se reportan 10 personas fallecidas. También se registran daños en viviendas, vías, puentes, acueductos, instituciones educativas y centros de salud. De acuerdo con el balance oficial, cerca de 20.000 hectáreas productivas presentan afectaciones y más de 4.100 viviendas fueron destruidas.
El decreto contempla que no estarán obligadas a pagar el impuesto las empresas del sector salud, las compañías intervenidas por el Estado y las empresas de servicios públicos domiciliarios ubicadas en municipios declarados en calamidad dentro de la zona impactada por la emergencia.
El Gobierno sostuvo que el costo estimado para la atención y recuperación de las áreas afectadas asciende a $8 billones, cifra que fundamenta la adopción de nuevas fuentes de financiación en el corto plazo.
En paralelo, el Ejecutivo informó que el sector financiero presentó un paquete de alivios para las comunidades afectadas. Entre las medidas anunciadas se incluyen un período de gracia de 12 meses sin causación de intereses, conservación de la calificación crediticia, suspensión de cobros, incluso para cartera en mora, así como atención prioritaria y programas de educación financiera.
Adicionalmente, el Ministerio planteó avanzar en acciones complementarias como la reducción de tasas de interés para créditos dirigidos a la economía popular, el fortalecimiento del crédito asociativo y la articulación de la financiación rural con la estrategia de reforma agraria, con el fin de acompañar la entrega de tierras con acceso a capital productivo.


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