miércoles, julio 16, 2025
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Galán corrigió a Petro tras pronunciamiento sobre ordenamiento ambiental en la Sabana de Bogotá

Una nueva disputa entre el presidente Gustavo Petro y el alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, quedó en evidencia tras el fallo del Consejo de Estado relacionado con el proyecto de resolución del Ministerio de Ambiente sobre el ordenamiento ambiental en la Sabana de Bogotá.

El presidente celebró públicamente lo que interpretó como un revés judicial contra una medida cautelar que suspendía dicho proyecto, mientras el alcalde precisó que el alto tribunal no revocó la suspensión, sino que la condicionó a un proceso de concertación.

En una publicación en su cuenta de X, el presidente afirmó que la medida cautelar, impuesta por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, había sido revocada por el Consejo de Estado. Sin embargo, minutos después, Galán contradijo la afirmación y explicó que el fallo no eliminó la suspensión sino que la modificó, reiterando la necesidad de un procedimiento de articulación previo a la implementación del proyecto normativo.

Según lo resuelto por la Sección Primera del Consejo de Estado, el proyecto no podrá avanzar sin antes ser debatido en el Consejo Estratégico de la Cuenca Hidrográfica del Río Bogotá (CECH).

Esta instancia fue creada a raíz de la sentencia de 2014, mediante la cual se ordenó la descontaminación del río y se establecieron mecanismos de gobernanza conjunta para la cuenca. El fallo del Consejo de Estado advierte que, debido al impacto directo del proyecto del Ministerio de Ambiente sobre esa cuenca, su avance sin consulta previa ante el CECH constituye una omisión frente a lo ordenado judicialmente.

De acuerdo con el Consejo de Estado, el Ministerio, en su calidad de Secretaría Técnica del CECH, está obligado a convocar una sesión formal para presentar, discutir y socializar los impactos del proyecto antes de retomar su trámite administrativo. Esta obligación se deriva de la necesidad de garantizar la participación de las entidades que integran el CECH y de respetar los mecanismos de decisión colegiada previstos en la sentencia.

En ese contexto, la modificación a la medida cautelar impuesta por el Tribunal de Cundinamarca no representa una habilitación automática para continuar el trámite, sino una condición estricta: la convocatoria y deliberación previa en el CECH.

La controversia entre el presidente y el alcalde se produce en medio de tensiones crecientes por el control de decisiones ambientales que afectan a Bogotá y a la región, en particular aquellas que involucran el ordenamiento territorial y el cumplimiento de sentencias ambientales.

La postura del Consejo de Estado reafirma que, ante la afectación de derechos colectivos como el ambiente sano y la salubridad pública, las decisiones administrativas deben estar precedidas por procesos de articulación interinstitucional.

El fallo no solo insiste en la obligatoriedad de estos procedimientos, sino que condiciona el avance de los proyectos normativos a su cumplimiento, lo cual representa una advertencia directa a las entidades del nivel central sobre el respeto a los compromisos judiciales vigentes.

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