Extensión de decretos presidenciales sobre pandemia, sacrifica elecciones comunales
Luego que el presidente Iván Duque anunciara la extensión de los decretos presidenciales que hasta mayo mantiene en vigencia la pandemia en Colombia, el Ministerio del Interior, expidió la resolución 0337, el pasado 12 de marzo, por el cual, suspende, por segunda vez, la elección de directivos y dig
Luego que el presidente Iván Duque anunciara la extensión de los decretos presidenciales que hasta mayo mantiene en vigencia la pandemia en Colombia, el Ministerio del Interior, expidió la resolución 0337, el pasado 12 de marzo, por el cual, suspende, por segunda vez, la elección de directivos y dignatarios de acciones comunales JAC en el país.
Las elecciones ya habían sido suspendidas el 16 de marzo del año anterior y estaban planeadas para el 25 de abril próximo. De esa manera, el ejercicio democrático emanado desde la base de las comunidades, quedó sin posibilidad de ejercerse hasta nueva orden y sustentado en que el país continúa en pandemia y por lo tanto, sobrepone la bioseguridad por encima de la Constitución y las leyes vigentes; hecho que ha sido ampliamente criticado por los movimientos comunales del país y algunos gobiernos regionales.
Daniel Andrés Palacios, Ministro del Interior firmante de la cuestionada resolución se apoya en lo que denomina las atribuciones legales y reglamentarias que refiere, principalmente, a los decretos presidenciales y del Ministerio de Salud y con base en ellos, resolvió suspender las elecciones mientras afirma que quienes resulten elegidos en su momento, cuando se puedan volver a llevar a cabo las votaciones, tendrán un período de cuatro años a partir del momento.
Esto también significa que quienes actualmente están en estos encargos comunales, están en vigencia de la extensión de sus funciones.
No obstante, los movimientos comunales ven esta suspensión como la «suspensión de la democracia de base» y lamentan que esto esté pasando, pues consideran que se ven truncados desde los proyectos hasta la representatividad comunitaria.
Res. 0337 -Suspende Elecciones Directivos y Dignatarios Accion Comunal by Ifm Noticias on Scribd
Algunos gobiernos departamentales como el de Antioquia, no ven con buenos ojos esta situación y han abogado ante el ministro del interior, para que permita las votaciones; y lo hace desde la Secretaría de Participación y Cultura Ciudadana.
Justo ese despacho se pronunció a través de una petición dirigida a ese Ministerio, en la que solicita que se permita dar continuidad a las elecciones en el departamento, teniendo en cuenta que:
1. Dichas elecciones ya habían sido aplazadas una vez mediante la Resolución Nº. 0357 del 16 de marzo de 2020.
2. Durante el primer trimestre del 2021 se ha llevado a cabo toda la ruta metodológica del “Antes, durante y después de las elecciones comunales de 2021”; lo anterior ha implicado una importante inversión de recursos en actividades de formación y movilización en los municipios del departamento, donde tenemos actualmente inscritas alrededor de 5.700 Juntas de Acción Comunal.
3. Para cumplir con el plan de trabajo de fortalecimiento y capacitación de los organismos comunales, se han realizado encuentros subregionales y municipales de manera presencial en más del 90% de los municipios, en articulación con todos los alcaldes del departamento garantizando de esta forma, los protocolos de bioseguridad diseñados por el Ministerio de Salud y Protección Social, así como lo contemplado en la Resolución Nº. 666 de 2020, posteriormente modificada por la Resolución 223 de 2021.
4. El departamento de Antioquia, se encuentra preparado tanto logística como metodológicamente para adelantar las elecciones de los organismos comunales en los municipios de su competencia, según el cronograma establecido en la Resolución Nº. 0565 del 26 de mayo de 2020 – iniciando el 25 de abril de 2021 -, garantizando así el ejercicio democrático, tal y como se demostró el pasado 21 de febrero de 2021 en Urrao, con las elecciones atípicas para decidir el Alcalde del municipio.
5. El Comité de Seguimiento Electoral se encuentra instalado desde el pasado 3 de marzo de 2021, a fin de garantizar el seguimiento y desarrollo transparente y sin novedades de los comicios con todas las instituciones del departamento, así como el establecimiento del Puesto de Mando Unificado para el día de las elecciones.
6. La realización de estas elecciones comunales tiene gran impacto en nuestro territorio, entendiendo que, los organismos comunales son la base social y comunitaria, elegidos voluntariamente para liderar e impulsar el desarrollo integral, sostenible y sustentable de sus comunidades, con fundamento en el ejercicio de la democracia participativa.
En conclusión, y por los motivos expuestos, se solicita respetuosamente al Ministerio del Interior como autoridad nacional, permitirle al departamento de Antioquia la excepción para el desarrollo de las elecciones comunales según el cronograma de la Resolución Nº. 0565 del 26 de mayo de 2020, garantizando así el ejercicio de la democracia, y en consecuencia al compromiso y sentido de pertenencia que han demostrado las organizaciones comunales y sus dignatarios para la realización de las mismas.
Esta solicitud hecha durante el fin de semana, deberá ser recibida oficialmente hoy por el Ministro Palacios quien deberá decidir, si para el caso concreto de Antioquia, se puede hace la excepción.
Esta situación, es similar a la que está ocurriendo con la recolección de firmas por parte de los movimientos de revocatoria.

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