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Este será el monto por voto fijado por el CNE que recibirán los candidatos tras las elecciones

Tras las elecciones del 8 de marzo de 2026 en Colombia, uno de los temas que surge después de la jornada en las urnas es el monto que el Estado reconoce a las campañas políticas mediante el sistema de reposición de votos.

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Redacción IFM
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Este será el monto por voto fijado por el CNE que recibirán los candidatos tras las elecciones

Tras las elecciones del 8 de marzo de 2026 en Colombia, uno de los temas que surge después de la jornada en las urnas es el monto que el Estado reconoce a las campañas políticas mediante el sistema de reposición de votos.

Este mecanismo de financiación pública permite a partidos y candidatos recuperar recursos invertidos durante la contienda electoral, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la ley.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) fijó para este proceso electoral los valores que se reconocerán por cada voto válido. Para las elecciones al Senado de la República y a la Cámara de Representantes, la reposición fue establecida en $8.433 pesos por sufragio. En el caso de las consultas interpartidistas utilizadas para definir candidatos presidenciales, el valor quedó en $8.287 pesos por voto.

Estos montos determinan la base del cálculo con el cual se establece el dinero que puede ser devuelto a las campañas. En las consultas presidenciales, por ejemplo, una votación como la obtenida por Paloma Valencia, con 3.236.286 sufragios, corresponde a un valor de $26.800 millones de pesos en reposición calculada a partir del número de votos registrados.

De manera similar, Claudia López, quien obtuvo 574.670 votos en su consulta, alcanza una reposición cercana a los $4.762 millones de pesos bajo el mismo esquema de cálculo.

El sistema de reposición también aplica para las elecciones legislativas. Para Senado y Cámara, cada voto válido equivale a los $8.433 pesos fijados por la autoridad electoral. En ese escenario, un candidato que obtenga 262.104 votos, como ocurrió con Daniel Briceño en la elección a la Cámara por Bogotá, representa una reposición calculada en aproximadamente $2.201 millones de pesos.

Este mecanismo está contemplado en la Ley Estatutaria 1475 de 2011, que regula la financiación de las campañas políticas en Colombia. La norma establece que el Estado reconoce parte de los gastos realizados por partidos, movimientos políticos y candidatos, tomando como base el número de votos válidos obtenidos en las elecciones.

Sin embargo, la reposición no funciona como una transferencia automática del dinero al candidato. Para que el reembolso se haga efectivo, las campañas deben reportar sus ingresos y gastos ante el CNE a través del sistema Cuentas Claras, donde deben quedar registrados los contratos, facturas y soportes financieros que evidencien el uso de recursos durante la campaña.

La legislación también establece topes de gasto que limitan el monto máximo que puede ser reconocido. En el caso de las consultas interpartidistas, el límite de gastos fue fijado en $18.555 millones de pesos. Esto significa que, aun cuando el cálculo por número de votos arroje una cifra mayor, la reposición no puede superar el tope autorizado para la campaña.

Otro requisito está relacionado con el desempeño electoral de los partidos. En las elecciones al Senado, las listas deben alcanzar al menos el 3% del total de votos válidos para conservar la personería jurídica y acceder a la reposición de votos. Movimientos que no superen ese umbral quedan por fuera de este mecanismo de financiación.

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