Corte Constitucional tumba artículos del Plan Nacional de Desarrollo ¿Qué se modificó?
La Corte Constitucional le dio un nuevo golpe al Gobierno Petro al declarar inexequibles dos artículos clave del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
La Corte Constitucional le dio un nuevo golpe al Gobierno Petro al declarar inexequibles dos artículos clave del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
Los numerales 211 y 212 de la Ley 2294 de 2023, que introducían cambios al régimen de extinción de dominio sobre bienes incautados a la mafia, fueron tumbados al no tener relación con los propósitos de planificación de dicho plan.
Estos artículos planteaban modificaciones en la administración de los bienes bajo custodia del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco), pero el Alto Tribunal concluyó que estas reformas no podían tramitarse a través del Plan Nacional de Desarrollo, sino mediante una ley ordinaria.
La Corte señaló que, aunque las medidas estaban orientadas a la protección de los bienes incautados, su falta de conexión con los objetivos del Plan de Desarrollo las hace inconstitucionales.
El tribunal advirtió que la inclusión de estos artículos generaría un impacto desproporcionado en la administración de los bienes incautados, los cuales requieren un tratamiento específico y no generalizado en un plan de inversiones públicas.

Uno de los artículos tumbados, el 211, prohibía la prescripción adquisitiva de los bienes administrados por el Frisco y extendía esta medida a las sociedades bajo su competencia. Por su parte, el artículo 212 determinaba que las medidas cautelares en los procesos de extinción de dominio estarían vigentes hasta que no existiera una orden judicial en firme que las cancelara.
El fallo de la Corte subraya que dichas disposiciones «introducen cambios estructurales y permanentes al régimen de extinción de dominio» sin tener una conexión directa con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo. Según la sentencia, estas medidas no formaban parte de la función de planeación del gobierno, lo que las hacía improcedentes en este contexto.
El tribunal difirió los efectos de la declaratoria de inexequibilidad, lo que abre la puerta a que el gobierno replantee estas medidas en el Congreso. Sin embargo, esta decisión añade otra piedra en el camino a la agenda del Ejecutivo, que sigue enfrentando obstáculos en su intento de consolidar cambios estructurales.

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