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Corte Constitucional avanza en la revisión del Decreto 0639 de 2025

La Corte Constitucional avanza en la revisión de fondo del Decreto 0639 del 11 de junio de 2025, mediante el cual el presidente de la República, Gustavo Petro, convocó a una consulta popular nacional. En alusión al Decreto, el Presidente de la República, había anunciado mediante X el pasado mes de j

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Redacción IFM
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Corte Constitucional avanza en la revisión del Decreto 0639 de 2025

La Corte Constitucional avanza en la revisión de fondo del Decreto 0639 del 11 de junio de 2025, mediante el cual el presidente de la República, Gustavo Petro, convocó a una consulta popular nacional. 

En alusión al Decreto, el Presidente de la República, había anunciado mediante X el pasado mes de junio que, “He firmado el decreto que convoca a la consulta popular. Solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente, sean respondidos positivamente por el Congreso, poder constituido legítimo para discutir leyes. Enviamos el decreto de la Consulta Popular a la Corte Constitucional”.

El origen de la controversia está relacionado con la decisión del presidente Petro de convocar a una consulta popular tras considerar que el Congreso no tramitó adecuadamente el proyecto de reforma laboral. 

Por ende, el Gobierno optó por acudir a una herramienta de participación directa con el objetivo de someter la reforma a votación popular. Sin embargo, luego de negociaciones entre el Ejecutivo y las mayorías legislativas, el proyecto fue aprobado por las dos cámaras y sancionado por el presidente, lo que llevó a la derogación del Decreto 0639.

Aunque el decreto ya fue derogado tras la aprobación de la reforma laboral en el Congreso, el alto tribunal determinó que debe pronunciarse sobre su constitucionalidad. Esto debido a que, según la Corte, la controversia jurídica persiste.

De acuerdo con el documento, identificado con el expediente CCP-001, el magistrado Ibáñez asumió el estudio del decreto a través de un auto emitido el 20 de junio. En dicho auto se ordenó la práctica de pruebas y se fijó el curso procesal para el análisis automático que, de acuerdo con el artículo 241 de la Constitución, la Corte debe adelantar sobre los actos que convocan consultas populares nacionales. 

En otras palabras, la revisión no se suspende aunque el decreto ya no se encuentre vigente, pues la Corte conserva competencia para examinar su conformidad con la Carta Política.

En ese sentido, el 11 de julio de 2025, mediante nuevo documento, se confirmó que la Corte solicitó al Senado de la República el envío de pruebas relacionadas con las actuaciones legislativas derivadas del decreto. Según el auto, las comunicaciones fueron enviadas al presidente y al secretario general del Senado, así como al presidente y secretario del Consejo de Estado, mediante los oficios OPC-286/25 y OPC-287/25.

Actualmente, el proceso se encuentra en fase probatoria, y las autoridades requeridas deberán enviar la información pendiente. La decisión final del alto tribunal marcará un precedente clave sobre la relación entre el Ejecutivo y el Legislativo en el uso de figuras como la consulta popular.

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