¿Daniel Quintero en la consulta presidencial de marzo? Esto se sabe
El Consejo Nacional Electoral (CNE) al parecer habría autorizado la participación del exalcalde de Medellín Daniel Quintero en la consulta interpartidista del Frente por la Vida prevista para el 8 de marzo de 2026.
La determinación del Consejo Nacional Electoral (CNE) que habilitaría a Daniel Quintero para participar en la consulta interpartidista del Frente por la Vida del 8 de marzo volvió a poner en el centro del debate la coherencia de los criterios aplicados por el tribunal electoral frente a casos similares.
La Sala Plena votó 7-1 a favor de revocar la negativa previa de la Registraduría y ordenar su inscripción como precandidato. Sin embargo, la resolución definitiva aún no ha sido notificada, por lo que se espera que en las próximas horas exista claridad jurídica sobre el alcance real de la decisión y sobre si efectivamente se le abrirá la puerta al exalcalde de Medellín para revivir su aspiración presidencial.
El análisis del CNE se enfocó en determinar si Quintero participó de manera válida en la consulta del Pacto Histórico del 26 de octubre de 2025. Los magistrados concluyeron que no existió una participación efectiva, debido a que el exmandatario manifestó por escrito su rechazo a cualquier inscripción que no correspondiera a su militancia dentro de ese movimiento político.
Ese razonamiento ha generado cuestionamientos, pues se trata de un criterio que algunos consideran debería aplicarse bajo la misma lógica en otros casos, como el de Iván Cepeda, a quien el mismo organismo dejó por fuera de la consulta de marzo. La diferencia de tratamientos ha abierto interrogantes sobre la consistencia jurídica de las decisiones adoptadas por el tribunal electoral.
La posición del CNE también va en contravía de lo sostenido por la Registraduría, que en dos oportunidades negó la inscripción de Quintero al considerar que sí había participado en la consulta anterior y que, por tanto, no podía aspirar por otra agrupación política. Esa interpretación fue la que motivó el traslado del caso al organismo electoral para un pronunciamiento de fondo.
Aunque su fotografía apareció en los tarjetones de octubre y obtuvo cerca del 6,15 % de los votos, el CNE sostuvo que la ausencia de aceptación del aval y la negación expresa de la inscripción impiden atribuirle la condición de participante. Bajo esa tesis, concluyó que no existe inhabilidad para competir en marzo.
Para Quintero, esta decisión representa una de las principales luchas jurídicas y políticas que ha sostenido desde su salida del Pacto Histórico. Su entorno ha insistido en que esta habilitación sería una vía para mantener viva su aspiración presidencial.
Incluso se ha planteó la posibilidad de que, en caso de que finalmente no pueda participar, su esposa, Diana Osorio, como o dio a conocer desde octubre en IFMNOTICIAS, asuma un papel dentro del escenario electoral.
IFMNOTICIAS intentó comunicarse con el organismo electoral para conocer detalles del fallo y los fundamentos completos de la decisión, pero hasta el momento no hay respuesta formal, ya que los magistrados continúan en deliberación.

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