viernes, noviembre 7, 2025
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ATENCIÓN: Consejo de Estado negó tutela de Albert Corredor sobre curul vacante tras nulidad de elección de Juan Carlos Upegui

El Consejo de Estado, a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Sub Sección A, resolvió negar la acción de tutela presentada por Albert Yordano Corredor Bustamante contra la Sección Quinta del mismo alto tribunal. La decisión, fechada el 24 de octubre de 2025 y con ponencia de la consejera María Adriana Marín, declaró improcedente la solicitud al considerar que no cumplía con el requisito de relevancia constitucional.

De acuerdo con la sentencia, la acción presentada por Corredor Bustamante buscaba controvertir la decisión judicial relacionada con la curul que quedó vacante tras la declaratoria de nulidad del acto de elección de Juan Carlos Upegui Vanegas. Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó que el demandante pretendía “imponer su visión del litigio y su propia interpretación sobre el derecho personal de oposición y la forma en la que debe proveerse la curul que quedó vacante”.

El fallo también señala que el demandante desconoció la suficiencia de los argumentos de la autoridad judicial previamente accionada, la cual había desestimado sus pretensiones. En ese sentido, el Consejo de Estado precisó que “la autoridad judicial accionada desestimó de forma directa, suficiente, coherente y razonable su postura y, además, le advirtió que su pretensión no estaba llamada a prosperar, toda vez que el medio de control de nulidad electoral no está previsto para acceder a reclamaciones de carácter subjetivo”.

La sentencia reafirma que la controversia planteada por Corredor Bustamante ya había sido “razonablemente zanjada en el proceso de nulidad electoral” y, por tanto, la tutela no era el mecanismo adecuado para insistir en el debate jurídico.

Con base a lo anterior, el Consejo de Estado mantiene la improcedencia de la acción de tutela presentada por el excandidato, dejando en firme la interpretación judicial sobre la provisión de la curul vacante derivada de la nulidad electoral de Juan Carlos Upegui.

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