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viernes, mayo 17, 2024
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    Tribunal de Cundinamarca anula el nombramiento de Verónica Alcocer como Embajadora de “Misión Especial”

    Se le acabaron los viajes a la primera dama, así lo dio a conocer el Tribunal de Cundinamarca ha anulado el nombramiento de Verónica Alcocer, la Primera Dama de Colombia, como embajadora de “misión especial”.

    La decisión se produce en medio de un debate sobre si Alcocer puede ocupar simultáneamente los cargos de Primera Dama y embajadora.

    Pocos conocían las implicaciones de tan alto cargo, las funciones y hasta los beneficios que tendría para la mujer detrás del poder en la Casa de Nariño.

    Sin embargo, una demanda tenía los detalles de las irregularidades en ese nombramiento y cómo el presidente Gustavo Petro infringió una norma con ello.

    Según la decisión, Petro “infringió el artículo 126 de la Constitución, que prohíbe al presidente de la República nombrar a su cónyuge o compañera permanente”.

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    Foto: Verónica Alcocer: tomada de Facebook.

    Así las cosas, el primer mandatario, que frecuentemente pone la mano sobre la Constitución Nacional, simplemente pasó por encima de las prohibiciones allí contempladas y nombró a su esposa en un cargo diplomático.

    Alcocer, la tercera esposa del Presidente Gustavo Petro, ha sido una figura prominente en la política colombiana desde que asumió el papel de Primera Dama en 2022. Sin embargo, su nombramiento como embajadora de “misión especial” ha sido objeto de críticas y controversia.

    El Tribunal explicó en detalle las prohibiciones que están en la Constitución y que el presidente de la República simplemente ignoró con el decreto que convirtió a Verónica Alcocer en embajadora de “misión especial”. Allí se advierte cómo, por más que sea presidente, no puede usar su cargo para designar a su esposa en una embajada “especial”.

    El Tribunal de Cundinamarca dictaminó que Alcocer no puede ocupar simultáneamente los cargos de Primera Dama y embajadora, dicha decisión se basa en la interpretación de que los dos roles son incompatibles y que ocupar ambos puestos al mismo tiempo podría dar lugar a conflictos de interés.

    La decisión del tribunal tiene implicaciones significativas para Alcocer y la administración de Petro ya que tendrá que renunciar a su papel de embajadora, lo que podría afectar a las iniciativas y proyectos que estaba previsto que liderará en ese cargo.

    Según el Tribunal, no queda duda de las fallas en el nombramiento y, por tanto, resulta necesario anularlo, convencidos de que la misma Corte Constitucional ha dejado claras las prohibiciones contempladas en la legislación, que no fueron tenidas en cuentas cuando se firmó el decreto y se designó a la primera dama como embajadora.

    “Conforme a lo anterior, el nombramiento hecho en la persona de la señora Verónica del Socorro Alcocer García como embajadora en misión especial, tiene los elementos de la prohibición del artículo 126, inciso 1, de la Constitución para el servidor público a quien le está vedado nombrar a su cónyuge o compañera permanente”, advierte la decisión de los magistrados.

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