El Distrito de Medellín fue condenado a pagar más de 2.358 millones de pesos al Consorcio Génesis, luego de que el Tribunal Administrativo de Antioquia declarara la nulidad del contrato de obra pública 4600098664, firmado en junio de 2023 durante la administración de Daniel Quintero Calle. El fallo establece que la adjudicación vulneró principios legales esenciales como la transparencia y la selección objetiva.
El contrato, por más de 65 mil millones de pesos, estaba destinado a la rehabilitación de la malla vial de la ciudad. Aunque el Consorcio Génesis fue inicialmente seleccionado por el Comité de Evaluación como el mejor calificado, el contrato terminó en manos del Consorcio Construcciones C-2023, al considerar que la oferta de Génesis presentaba un precio “artificialmente bajo”.
Oferta descalificada pese a cumplir con requisitos
El Consorcio Génesis, conformado por Estructuras y Pavimentos S.A.S, Paecia S.A.S. y Huargo S.A.S., alegó que sus costos eran menores debido a que una de las empresas asociadas produce asfalto, lo que les otorgaba una ventaja competitiva real. A pesar de esa explicación, la propuesta fue descartada y se adjudicó el contrato a un oferente con una propuesta económica más elevada.
El Tribunal consideró que la decisión no respetó el orden de elegibilidad ni los criterios técnicos definidos previamente. En su sentencia, se señala que la propuesta de Génesis “cumplía con los requisitos jurídicos, legales y técnicos” y, por tanto, debía haber continuado en el proceso. El acto administrativo de adjudicación fue declarado nulo por “falsa motivación y desviación de poder”.
Responsabilidad individual y consecuencias económicas
Además de ordenar la indemnización al Consorcio Génesis, el Tribunal dispuso que el Distrito reembolse los costos de ejecución al Consorcio Mecamed 2023, que recibió la cesión del contrato y finalmente ejecutó la obra. La condena representa un impacto significativo para las finanzas públicas.
La sentencia también establece responsabilidades individuales. Evelyn Tatiana Beltrán Sierra, quien era secretaria de Suministros y Servicios en ese momento, y Rubén Darío López Giraldo, entonces director técnico de la Secretaría de Infraestructura Física, deberán asumir cada uno el 45 % del valor de la condena, al encontrarse dolo en sus actuaciones.
El fallo, emitido en primera instancia, puede ser apelado por las partes implicadas, pero marca un precedente en la vigilancia judicial sobre la contratación pública en Medellín.