lunes, mayo 5, 2025
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Procuraduría pidió a la Corte declarar inconstitucionales cuatro decretos de conmoción en el Catatumbo por irregularidades

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El procurador general de la Nación, Gregorio Eljach, solicitó a la Corte Constitucional declarar inconstitucionales cuatro decretos expedidos en el marco de la conmoción interior decretada para el Catatumbo, al considerar que fueron suscritos por funcionarios que, según el Ministerio Público, no estaban habilitados legalmente para firmarlos al momento de su expedición.

De acuerdo con los conceptos entregados por la Procuraduría, los decretos legislativos fueron expedidos el 5 de febrero de 2025, pero dos de los funcionarios que aparecen firmándolos no tenían competencia para hacerlo en esa fecha.

Se trata de Luis Carlos Reyes, en calidad de ministro de Comercio, y de Polivio Rosales, quien ejercía como ministro encargado de Agricultura.

Según la interpretación jurídica de la Procuraduría, para el 5 de febrero Reyes se encontraba en permiso remunerado, mientras que a Rosales ya se le había vencido el periodo de encargo como ministro, el cual había sido asignado del 2 al 4 de febrero.

En consecuencia, el ente de control sostiene que quien debía aparecer suscribiendo el decreto correspondiente al Ministerio de Agricultura era la ministra titular, Martha Carvajalino.

El organismo de control argumenta que esta situación configura un vicio formal en la suscripción de los decretos, lo cual, a su juicio, implica su inexequibilidad. “Las irregularidades en la suscripción del decreto legislativo son de tal entidad que su inobservancia deriva en su inexequibilidad”, señaló el procurador Eljach, refiriéndose específicamente al Decreto Legislativo 133 de 2025, así como a los otros tres que presentan el mismo patrón.

Los decretos que quedarían en revisión por parte de la Corte son:

  • Decreto 131: relacionado con proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con recursos de regalías (asignación regional, paz y ambiental).
  • Decreto 133: que contempla medidas en materia TIC para el uso del espectro en situaciones de socorro y seguridad.
  • Decreto 135: que permite reorientar presupuestos locales y departamentales con el fin de atender la crisis humanitaria en la región.
  • Decreto 137: que establece medidas extraordinarias de protección a comunidades afectadas.

El procurador también planteó de manera subsidiaria que, si la Sala Plena de la Corte no encuentra suficientes elementos para declarar la inconstitucionalidad por el vicio formal alegado, se proceda a declarar la constitucionalidad de los decretos, dado que las motivaciones y medidas allí contenidas, según su concepto, se enmarcan dentro de los parámetros establecidos por el régimen de conmoción interior.

La decisión ahora queda en manos de la Corte Constitucional, que tendrá que revisar el trámite de expedición de estos decretos.

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