Tras las movilizaciones registradas en varias ciudades del país el pasado jueves, Petro firmó en la Plaza de Bolívar un nuevo decreto que mantiene el salario mínimo legal mensual vigente en dos millones de pesos, luego de que el Consejo de Estado suspendiera provisionalmente el acto expedido en diciembre de 2025.
El mandatario reiteró que el incremento del 23,7%, incluido el auxilio de transporte, se conserva sin modificaciones y afirmó que el nuevo documento responde al requerimiento judicial de expedir un acto transitorio mientras se resuelve de fondo la controversia jurídica.
La medida cautelar no anuló el decreto original, sino que ordenó emitir uno nuevo mientras avanza el trámite del recurso presentado por el Gobierno.
Durante su intervención, Petro defendió el concepto de “salario mínimo vital” incorporado expresamente en el decreto y señaló que ese término responde al mandato del artículo 53 de la Constitución. Según explicó, la decisión no se limita a una aplicación estricta de los parámetros de la Ley 278 de 1996, que contempla variables como inflación, productividad y crecimiento económico para la fijación anual del salario mínimo.
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, sostuvo en una entrevista reciente, que no existían razones jurídicas ni económicas para reducir la cifra establecida. Indicó que el nuevo decreto incluye estudios técnicos, series estadísticas y referencias a análisis de la Organización Internacional del Trabajo y de entidades financieras, con el fin de sustentar el incremento adoptado por el Ejecutivo.
En el documento se incorporan datos sobre productividad laboral acumulada desde 1996 y sobre la evolución del poder adquisitivo del salario mínimo frente a la inflación causada y esperada. Según el Ministerio, el aumento del 23,7% no ha generado efectos inflacionarios que alteren de manera significativa las condiciones macroeconómicas.
Uno de los puntos expuestos por el ministro fue la diferencia entre el resultado de los cinco parámetros legales, que, según una de las tablas oficiales, arrojarían un incremento cercano al 13,6% y la decisión final del Gobierno de fijar el aumento en 23,7%.
Sanguino explicó que los criterios previstos en la ley no agotan el alcance constitucional del concepto de salario mínimo vital y móvil, y sostuvo que la determinación adoptada incorpora consideraciones adicionales vinculadas a estándares internacionales.
El Gobierno también presentó recurso de súplica contra la medida cautelar al considerar que el auto judicial adelantó valoraciones propias de un fallo de fondo. Mientras se define esa solicitud, el decreto transitorio mantiene la misma cifra establecida en diciembre.
La firma del nuevo acto administrativo se produjo en un escenario de concentración ciudadana convocada en respaldo al incremento. Centrales obreras y organizaciones sindicales participaron en la jornada, mientras que autoridades locales anunciaron acompañamiento institucional para garantizar el derecho a la protesta.
En su intervención, el Presidente afirmó que la defensa del decreto corresponde no solo al Ejecutivo sino también a la ciudadanía. Con la expedición del decreto transitorio 0159, el Gobierno sostiene el aumento del salario mínimo en 23,7% mientras el Consejo de Estado continúa el análisis jurídico del caso.








