El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió una resolución que le otorga facultades para inspeccionar, vigilar y sancionar a gremios y asociaciones de productores agrícolas en el país.
La medida permite a la entidad solicitar documentos, información financiera, realizar visitas de inspección y desplegar acciones de advertencia, prevención y orientación.
La norma incluye la posibilidad de imponer medidas correctivas y, en casos graves, designar un administrador temporal o cancelar la personería jurídica de las organizaciones. La resolución abarca desde asociaciones de pequeños productores y campesinos hasta grandes gremios como la Federación Nacional de Cafeteros, Fedepalma, Asocaña y la Sociedad de Agricultores de Colombia.
La decisión ha generado cuestionamientos en distintos sectores, que advierten una posible extralimitación de funciones por parte del Ministerio. La Sociedad de Agricultores de Colombia (SAC) expresó su rechazo y señaló que la medida podría ir en contra de la Constitución.
En una carta dirigida al Ministerio, la SAC advirtió sobre un posible desbordamiento de las competencias del Ejecutivo en detrimento del principio de separación de poderes establecido en el artículo 113 de la Constitución.
El Consejo de Estado ya había señalado la necesidad de que cualquier facultad de inspección, vigilancia y control en el sector agropecuario estuviera regulada por una ley aprobada por el Congreso.
En otros sectores económicos, el control estatal está definido por normativas específicas, como ocurre con las empresas de servicios públicos y cooperativas, donde la intervención se encuentra delimitada por leyes vigentes.
¡Conéctese con IFMNOTICIAS! Síganos en nuestros canales digitales y active las notificaciones. @ifmnoticias en Instagram, X, Facebook, YouTube y Dailymotion.