La Corte Constitucional hizo un llamado enfático al ICETEX para que garantice mayor claridad y transparencia en sus comunicaciones, especialmente en lo relacionado con los créditos estudiantiles, becas y auxilios para educación superior.
El pronunciamiento del alto tribunal se produjo tras el estudio de una acción de tutela interpuesta por un joven beneficiario del programa «Ser Pilo Paga 3», quien fue excluido del beneficio luego de suspender sus estudios durante dos semestres.
Según el ICETEX, el estudiante incumplió el reglamento del programa, al suspender los semestres sin una justificación válida, lo que, según la entidad, lo obligaba a asumir el pago de los periodos no cubiertos por el crédito.
La Corte, sin embargo, consideró necesario que el ICETEX mejore la forma en que informa a los beneficiarios sobre las condiciones, limitaciones y consecuencias de los programas de financiamiento educativo, con el fin de garantizar los principios de buena fe, acceso a la educación y debido proceso.
El caso plantea un precedente importante sobre los deberes de las entidades estatales en relación con los derechos fundamentales de los estudiantes beneficiarios de programas públicos de financiación educativa.
Sin embargo, el estudiante pudo acreditar que debió suspender los semestres por una condición médica que fue respaldada por las certificaciones correspondientes.
Y aunque el ICETEX reintegró al programa al estudiante el alto tribunal decidió realizar un pronunciamiento de fondo, «El ICETEX, además de adoptar una respuesta rígida y formalista, no ofreció mecanismos razonables de ajuste, ni información clara y precisa en sus respuestas, ni alternativas que le permitieran continuar con su proyecto educativo».
La entidad debe entregar información clara, accesible y oportuna a los usuarios del ICETEX, donde se den a conocer las condiciones a los beneficiarios de los créditos y programas que maneja el organismo.
«En este marco, el ICETEX no actúa como un simple operador financiero, sino como una entidad con responsabilidad pública en la garantía del derecho a la educación, obligada a gestionar los fondos bajo principios de equidad, accesibilidad y adaptabilidad», aseguró el pronunciamiento de la Corte Constitucional.
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