El magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE), Altus Baquero, explicó este viernes que un precandidato que renuncie a una consulta popular no puede volver a participar en la misma corporación que se elige, en alusión al caso del exalcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, quien se retiró de la consulta presidencial del Pacto Histórico prevista para el próximo 26 de octubre.
Según Baquero, el artículo séptimo de la Ley 1475 de 2011 es claro en señalar que quien se inscriba a una consulta y renuncie queda impedido para participar en futuras elecciones de esa misma corporación. “Esa es una norma de carácter estatutario y en su momento habrá que determinar su aplicación al caso concreto”, indicó el Magistrado.
La controversia se generó luego de que Quintero anunciara su retiro del proceso alegando que la Registraduría y el CNE “cambiaron las reglas de juego”, tras las modificaciones en la estructura jurídica de la consulta que definirá al candidato presidencial del Pacto Histórico entre Iván Cepeda y Carolina Corcho.
La Misión de Observación Electoral (MOE) también se pronunció sobre el caso. Su directora, Alejandra Barrios, sostuvo que la renuncia no exime a Quintero de las consecuencias jurídicas derivadas de su inscripción. “Él ya es precandidato de una consulta, así se retire, y ese resultado es de obligatorio cumplimiento. No podrá inscribirse por ninguna otra organización política”, aseguró.
Barrios explicó que la inscripción de Quintero ante la Registraduría, avalada por el Polo Democrático Alternativo, la Unión Patriótica y el Partido Comunista Colombiano, genera efectos legales que no se disuelven por una decisión voluntaria de retiro. Por tanto, el exalcalde estaría inhabilitado para participar en la consulta interpartidista prevista para marzo de 2026, en la que se definirá el candidato del Frente Amplio.
Baquero reiteró que el CNE no ha modificado las normas electorales ni las condiciones del proceso. Aclaró que el Pacto Histórico no cuenta aún con personería jurídica como agrupación política y que, por tanto, las organizaciones participantes debieron inscribirse de forma individual, lo que convierte la consulta en un proceso interpartidista.
“No ha habido cambio alguno de reglas. El carácter de la consulta es interpartidista, conforme a la situación jurídica actual del Pacto”, sostuvo.
El magistrado añadió que, aunque no se ha emitido un pronunciamiento formal sobre la posible inhabilidad de Quintero, el caso se evaluará bajo el marco legal vigente. “No quiero caer en juicios anticipados, pero la ley es clara en que quien se inscribe a una consulta debe cumplir con su participación”, señaló.
La posición del CNE implica que tanto Quintero como cualquier otro precandidato que decida no participar en la consulta del 26 de octubre podría enfrentar restricciones para postularse posteriormente a la Presidencia.
El organismo electoral continúa revisando los alcances jurídicos de las inscripciones y los efectos que tendría la renuncia del exalcalde en el desarrollo del proceso del Pacto Histórico.