La Corte Constitucional analizó una demanda presentada por un ciudadano contra Smart Fit, quien le negó la entrada al gimnasio con su perro guía, a pesar de ser una persona con discapacidad visual.
Según la demanda, el gimnasio impuso la condición de contratar servicios de entrenador personal o pagar la suscripción de un acompañante para que lo asistiera en su rutina de ejercicio. La Sala Octava de Revisión determinó que estas acciones vulneraron los derechos a la igualdad, la recreación y el deporte del demandante.
La Corte concluyó que el centro deportivo no cumplió con su obligación de garantizar la accesibilidad para personas con discapacidad visual, al no eliminar las barreras que impedían el acceso de perros guía a sus instalaciones. Asimismo, destacó la importancia de estos animales en la promoción de la independencia y autonomía de las personas con discapacidad.
La Corte ordenó a Smart Fit modificar su Reglamento General de Servicios para incluir una excepción explícita que permita el ingreso de animales de asistencia, como los perros guía, a sus instalaciones.
Además, el centro deportivo tendrá que ofrecer disculpas al demandante por actos de discriminación y por haberle impuesto barreras que vulneraron sus derechos.
También se ordenó permitir el acceso del ciudadano con su perro guía sin condiciones adicionales. Por otro lado, Smart Fit tendrá que contratar a un experto en discapacidad para evaluar las modificaciones necesarias en sus gimnasios con el fin de satisfacer las necesidades de las personas con discapacidad.
Finalmente, en sus futuras adquisiciones de maquinaria, la empresa tendrá que incorporar, en la medida de lo posible, dispositivos como marcado en braille, indicadores auditivos y otros sistemas para garantizar la accesibilidad de sus usuarios con discapacidad visual.
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