La Corte Constitucional declaró parcialmente exequible el Decreto Legislativo 121 de 2025, mediante el cual el Gobierno nacional adoptó medidas excepcionales en materia de agua, saneamiento básico y vivienda, en el marco del estado de conmoción interior declarado en esta zona del país.
El pronunciamiento, contenido en la Sentencia C-252 de 2025 y comunicado los días 11 y 12 de junio, establece que, si bien la mayoría de artículos del decreto se mantienen en firme, no se podrá modificar el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) en los municipios afectados ni se podrán estructurar ni ejecutar proyectos de agua y saneamiento básico, tal como lo pretendía el Ejecutivo.
La medida cobija a los municipios de la región del Catatumbo, los del Área Metropolitana de Cúcuta en el departamento de Norte de Santander, y los municipios de Río de Oro y González en el departamento del Cesar, territorios donde se declaró el estado de excepción por cuenta de la grave situación de orden público y desplazamiento forzado.
El alto tribunal consideró que la eventual modificación de los POT y la ejecución acelerada de proyectos estructurales en medio de un estado de conmoción vulnera principios constitucionales como la planeación, la participación ciudadana y el equilibrio territorial, elementos esenciales para el ordenamiento del suelo urbano y rural.
A pesar de esta limitación, la Corte respaldó el resto de las medidas adoptadas por el Gobierno en el Decreto 121 de 2025, orientadas a atender de manera urgente a las poblaciones desplazadas o confinadas por los hechos de violencia, especialmente en lo relacionado con la protección de derechos fundamentales como la vivienda digna y el acceso al agua.
La decisión genera un nuevo reto para las autoridades nacionales y territoriales, que deberán buscar soluciones dentro del marco constitucional ordinario para avanzar en la atención humanitaria de una de las regiones más golpeadas por el conflicto armado y las economías ilegales.
Adicionalmente, la Corte también determinó que, los operadores turísticos que ofrezcan alojamiento a víctimas de desplazamiento en el Catatumbo podrán acceder a un descuento transitorio en el impuesto de renta.