La Corte Constitucional de Colombia ha declarado la inexequibilidad de la norma que le permitía al Instituto Nacional de Vías Regionales (INVIR) suscribir contratos bajo la modalidad de contratación directa con comunidades y organizaciones sociales, sin límite de cuantía. Esta decisión ha sido recibida como un paso necesario para evitar la dilapidación de los recursos públicos, en medio de serias preocupaciones sobre el destino de estos fondos y su posible canalización hacia grupos al margen de la ley, como el Ejército de Liberación Nacional (ELN), bajo el disfraz de contratación directa. La demanda había sido interpuesta por el Representante a la Cámara, Hernán Cadavid.
El fallo de la Corte se produce tras meses de cuestionamientos sobre la falta de controles en la asignación de estos contratos, que representaban una puerta abierta para la corrupción y el clientelismo. Con esta normativa, el INVIR podía firmar convenios con organizaciones sociales y comunitarias sin un proceso riguroso de licitación, lo que levantó sospechas de que, grandes sumas de dinero, estaban siendo desviadas de manera irregular. Más de un billón de pesos ya habían sido girados bajo este esquema, y a pesar de los desembolsos millonarios, las obras no se veían.
Un alivio para el control de los recursos públicos
La decisión de la Corte Constitucional se convierte en un golpe certero contra una estructura que, en teoría, beneficiaba a las comunidades, pero que en la práctica se había convertido en un foco de corrupción. La posibilidad de que los recursos de esta modalidad de contratación terminaran en manos de actores ilegales, como el ELN, había sido motivo de preocupación para muchos observadores, quienes denunciaban que se estaba utilizando la figura de contratación directa para alimentar la maquinaria financiera de estos grupos, especialmente en zonas de influencia de guerrillas.
El esquema de contratación directa con comunidades y organizaciones sociales se había convertido en un “monumento a la demagogia”, según críticos del sector, que denunciaban cómo estas organizaciones muchas veces carecían de la capacidad técnica, el respaldo financiero y la responsabilidad necesaria para manejar los dineros públicos. Esto no solo favorecía la corrupción, sino que también ponía en riesgo la ejecución de proyectos de infraestructura esenciales para las regiones más apartadas del país.
Un paso hacia la transparencia
La decisión de la Corte es vista como una medida que busca restablecer los mecanismos de control y transparencia en el manejo de los recursos públicos. Bajo el esquema anterior, se permitió la creación de un entramado de empresas fantasmas y organizaciones sin capacidad técnica que manejaban contratos millonarios, muchos de los cuales no se ejecutaban o resultaban en obras de mala calidad o incompletas. La Corte, al tumbar esta norma, envía un mensaje claro sobre la necesidad de proteger los recursos de los contribuyentes y garantizar que el dinero del Estado sea utilizado de manera eficiente y transparente.
Además, este fallo afecta otros proyectos que intentaban seguir la misma lógica de la contratación directa sin supervisión, como las propuestas relacionadas con la creación de “comunidades energéticas”. Estas iniciativas, que buscaban transferir la gestión de servicios públicos como el internet y la energía a organizaciones comunales, están ahora bajo mayor escrutinio. La Ley 142 de 1994, que regula los servicios públicos domiciliarios, establece criterios técnicos y regulatorios específicos para proteger las redes de energía y otros servicios esenciales. Cualquier intento de manejar estos servicios por fuera de la regulación vigente podría poner en riesgo la estabilidad y calidad de estos sistemas, algo que la Corte ha advertido de manera implícita al invalidar esta normativa.
Posible redireccionamiento de fondos hacia sectores vulnerables
Con esta decisión, el Gobierno se enfrenta al reto de redirigir estos recursos a través de mecanismos que garanticen la ejecución de obras de infraestructura con transparencia y responsabilidad. Las acciones comunales y organizaciones sociales, que jugaron un papel protagónico en este esquema, podrían quedar relegadas en futuros contratos si no se ajustan a las nuevas exigencias técnicas y legales que impone la Corte.
La importancia de cumplir con los regímenes regulatorios establecidos, como los de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), no puede ser ignorada, ya que estas normativas no son meros trámites burocráticos, sino medidas diseñadas para proteger la infraestructura crítica del país. En el caso de las redes de energía, por ejemplo, cualquier alteración en su manejo debe seguir los parámetros técnicos establecidos para garantizar que el sistema funcione de manera eficiente y segura.
Impacto en la financiación de la guerrilla
Uno de los mayores temores que rodeaba esta norma era la posibilidad de que se estuvieran desviando recursos públicos hacia grupos ilegales, como el ELN, a través de la contratación directa. La falta de controles en la asignación de estos contratos facilitaba la infiltración de “contratistas” vinculados a estructuras ilegales que, en lugar de construir infraestructura o prestar servicios a las comunidades, canalizaban los fondos hacia el sostenimiento de estas organizaciones criminales.
El fallo de la Corte no solo detiene este flujo de recursos, sino que también cierra una vía que muchos analistas consideraban peligrosa para la financiación del terrorismo en Colombia. Aunque aún queda por investigar si los recursos ya girados terminaron en manos del ELN o de otros grupos, lo cierto es que la inexequibilidad de la norma es un golpe importante a las estructuras que podrían haber estado aprovechando este esquema para fortalecer sus finanzas.
Un futuro más regulado para los servicios públicos
El fallo también detiene los planes de expandir la gestión de servicios públicos a través de organizaciones comunales, lo que habría permitido que algunos de estos servicios esenciales quedaran al margen de la regulación de la Ley 142 de 1994. Si bien las comunidades juegan un papel importante en la gestión de ciertos proyectos, los servicios como el suministro de energía o el internet requieren una rigurosa supervisión técnica que garantice la estabilidad y calidad del servicio.
De esta forma, cualquier iniciativa futura deberá ajustarse a los rigores técnicos que establece la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), y no podrá ser tratada como un simple proyecto de asistencia comunal. La intención es evitar que los recursos públicos y la infraestructura crítica queden en manos de organizaciones que no cuenten con la experiencia necesaria para manejar estos servicios de manera eficiente y segura.
La decisión de la Corte Constitucional de declarar inexequible la norma que permitía la contratación directa sin límite de cuantía por parte del INVIR es un paso fundamental para fortalecer los mecanismos de transparencia en la contratación pública en Colombia. Este fallo no solo corta una vía potencial de financiación para grupos ilegales, sino que también refuerza la necesidad de mantener controles técnicos rigurosos en la gestión de recursos e infraestructura.
Ahora, el desafío será garantizar que estos recursos sean redirigidos hacia proyectos legítimos, con las debidas medidas de control y bajo un marco de transparencia que asegure que los fondos públicos realmente lleguen a las comunidades que más lo necesitan.