martes, febrero 10, 2026
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UE catalogó a Colombia como ‘país de seguro’ y limitará asilo a casos específicos

El Parlamento Europeo respaldó una reforma a la normativa migratoria que introduce una lista de países considerados de origen seguro, entre ellos Colombia, lo que permitirá a los Estados miembros acelerar la evaluación de solicitudes de asilo de ciudadanos provenientes de esas naciones.

La decisión fue adoptada con 408 votos a favor, 186 en contra y 60 abstenciones, por lo que la nueva regulación establece que los solicitantes procedentes de Colombia, Bangladesh, Egipto, India, Kosovo, Marruecos y Túnez tendrán que demostrar de manera individual que enfrentan riesgos de persecución o daños graves en sus países para que sus casos sean admitidos. De lo contrario, las peticiones podrían ser rechazadas mediante procedimientos abreviados.

El paquete legislativo también redefine el concepto de “tercer país seguro”, lo que habilita a los Estados europeos a trasladar solicitantes a territorios distintos a su nación de origen, siempre que existan acuerdos bilaterales o multilaterales, tránsito previo por esos países o vínculos familiares o culturales.

La norma excluye a menores no acompañados. Esta disposición crea un marco jurídico para establecer centros de tramitación fuera del territorio de la Unión Europea.

Según información citada por la Agencia de Asilo de la UE, ningún Estado miembro designa actualmente a Colombia como país seguro a nivel nacional. La tasa de reconocimiento de asilo para solicitantes colombianos en la Unión se ubicó en 5% durante 2024.

El reporte indica que Colombia ha ratificado los principales instrumentos internacionales de derechos humanos y que su Constitución de 1991 y la jurisprudencia de la Corte Constitucional contemplan garantías en esta materia. También señala que no existen indicios de expulsiones generalizadas de ciudadanos hacia países donde enfrenten pena de muerte, tortura o tratos inhumanos.

El documento agrega que, en términos generales, no se identifica un riesgo de daño grave en el país conforme al artículo 15 del Reglamento (UE) 2024/1347, salvo en zonas rurales específicas sin presencia integral del Estado. Indica además que la pena de muerte está prohibida en Colombia y que el marco legal sanciona la tortura y los tratos degradantes de acuerdo con estándares internacionales. Tampoco registra una amenaza generalizada derivada de violencia indiscriminada en conflictos armados.

La aprobación de la lista fue acompañada por otra votación que respalda la actualización del concepto de país seguro, con 396 votos a favor, 226 en contra y 30 abstenciones. Ambas normas deberán ser adoptadas formalmente por el Consejo de la Unión Europea.

Desde el Parlamento, sectores que apoyaron la reforma señalaron que permitirá agilizar procedimientos y reducir la carga administrativa de los sistemas de asilo. En contraste, eurodiputados de partidos ecologistas y de izquierda manifestaron objeciones y advirtieron sobre posibles efectos en la protección de solicitantes. La Comisión Europea respondió que los traslados solo se realizarán hacia países que garanticen derechos fundamentales.

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