El Tribunal Superior de Bogotá determinó en segunda instancia que las interceptaciones a las conversaciones telefónicas sostenidas entre el expresidente Álvaro Uribe Vélez y su exabogado Diego Cadena fueron realizadas de manera irregular y, por tanto, son ilegales.
El alto tribunal concluyó que dichas grabaciones vulneraron el derecho fundamental a la intimidad, al no haberse cumplido con los requisitos legales necesarios para autorizar la interceptación de las comunicaciones.
“Hubo vulneración al derecho a la intimidad”, señala el fallo, al referirse al procedimiento con el que fueron obtenidas las conversaciones, las cuales habían sido incluidas como parte del proceso judicial que se adelanta en contra del exmandatario.
El Tribunal fue contundente al afirmar que la justificación de la Corte Suprema —que catalogó la interceptación como un “hallazgo imprevisto”— carece de fundamento legal.
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