El Tribunal Superior de Santa Marta emitió una importante decisión al revocar la suspensión de exploración y explotación en el pozo Uchuva 2, ordenando, además, que el Ministerio del Interior realice una consulta previa con la comunidad indígena de Taganga.
Este fallo permite la reanudación de operaciones extractivas en la región, aunque con estrictas condiciones para proteger los derechos de la población local.
La medida de suspensión había sido previamente establecida tras la demanda de líderes locales, quienes señalaron la falta de consulta previa con la comunidad indígena de Taganga, preocupados por el posible impacto de las actividades extractivas en su territorio y prácticas tradicionales.
No obstante, el Tribunal consideró que la continuidad de las actividades económicas puede mantenerse siempre que se respete el proceso de consulta y se ajusten a las leyes que garantizan los derechos indígenas.
El fallo enfatiza el derecho fundamental de consulta previa para las comunidades indígenas en Colombia y destaca que esta medida busca proteger el debido proceso y la autodeterminación de la comunidad de Taganga.
“Se amparan los derechos fundamentales a la consulta previa y debido proceso de la comunidad indígena de Taganga, representada por el señor Ariel Daniels de Andeiris en calidad de gobernador de dicha comunidad”, señaló el tribunal en su comunicado, subrayando la importancia de este proceso para cualquier actividad extractiva en la zona.
Adicionalmente, el fallo del tribunal instruye al Ministerio del Interior, mediante la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, para que emita un acto administrativo donde se estudie el concepto de consulta previa, conforme a las observaciones planteadas en esta resolución.
El Tribunal también fue claro en prohibir cualquier intento de cambiar el nombre del pozo Uchuva 2, preservando así la identidad del proyecto y la transparencia en sus operaciones.
Este veredicto busca equilibrar el desarrollo económico con la salvaguardia de los derechos indígenas, exhortando al Gobierno y a las empresas extractivas a cumplir rigurosamente las normativas vigentes para evitar conflictos y vulneraciones a las comunidades locales.