La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), a través de la Delegatura para la Protección del Consumidor, confirmó sanciones a diversas empresas distribuidoras de productos de vapeo por incumplimientos relacionados con la información sobre la nocividad de sus productos y otras irregularidades.
Una de las sanciones confirmadas recayó sobre Inversiones Glucloud S.A.S., que deberá pagar una multa de $554.480 millones. Según la SIC, la empresa no proporcionaba información clara y suficiente a los consumidores sobre los riesgos para la salud de los productos de vapeo, como la nicotina contenida.
Además, Glucloud incumplió otras obligaciones como informar sobre tiempos de entrega, condiciones de promociones y la posibilidad de radicar peticiones, quejas y reclamos (PQR) con constancia de fecha y hora. También se identificaron cláusulas abusivas en los términos y condiciones de la empresa.
Otras sanciones en el sector
La SIC también recordó casos anteriores en los que se impusieron multas a otras compañías del sector, como British American Tobacco Colombia S.A.S., conocida por comercializar la marca Vuse.
Esta empresa fue multada con $1.113.600.000 por no advertir claramente sobre la nocividad de sus productos, incumplir normas de empaque y publicidad, y otras irregularidades.
Por su parte, franquicias de Lifetech han sido objeto de multas significativas, entre ellas una sanción de $6.960 millones y otra de $11.600.000 a dos franquiciantes, quienes, según la SuperIndustria, no cumplían con los requisitos de información en idioma local y no advertían sobre riesgos.
DIY S.A.S., otro comercializador de vapeadores, fue sancionado con $17.400.000 por restringir los derechos de los consumidores, exigir facturas para reclamar garantías y usar cláusulas abusivas en sus contratos.
La SIC afirmó que estas sanciones tienen como objetivo garantizar la protección de los derechos de los consumidores y asegurar que las empresas cumplan con la normativa vigente. Según la entidad, las decisiones adoptadas por la Delegatura para la Protección del Consumidor son definitivas, y contra ellas no procede ningún recurso de apelación.