Con la sanción presidencial firmada este 25 de junio en la Casa Museo Quinta de Bolívar, la reforma laboral impulsada por el Gobierno Nacional entró oficialmente en vigor, marcando el inicio de una nueva etapa en la regulación del mercado de trabajo en Colombia.
A partir de esta firma, se activan una serie de modificaciones legales que impactan tanto a trabajadores como a empleadores, en aspectos como contratación, jornada laboral, recargos, licencias y más.
Un aspecto que ha generado amplio debate es el impacto económico que estos cambios representarían para las empresas. Según estimaciones de Crowe Co y Acopi, los costos no salariales podrían incrementarse entre 17% y 34% para las pequeñas y medianas empresas.
Fenómenos como la reducción de contratos temporales, aumento en recargos y nuevas licencias, podrían llevar a las empresas a revisar su estructura de costos, con posibles efectos en el empleo. Algunas organizaciones ya evalúan automatización de procesos o reducción de personal.
Informes del Centro de Estudios Económicos Anif y la Universidad de San Buenaventura han advertido desde antes de la formalización de la reforma que la transformación del contrato de aprendizaje podría aumentar el desempleo juvenil entre tres y cinco puntos porcentuales. El nuevo esquema contractual eleva el costo mensual de un aprendiz a más de $2,2 millones, duplicando el valor del esquema anterior, lo que podría desincentivar su vinculación.
Cabe recordar que de los 70 artículos aprobados, solo dos no tendrán aplicación inmediata. Entre ellos están los que regulan los pagos de recargos nocturnos, dominicales y festivos, que tendrán entrada gradual.
Algunos de los cambios más significativos que tendrá la reforma tienen que ver con el contrato a término indefinido, será ahora la forma general de vinculación laboral. Los contratos por obra o labor continuarán siendo válidos, pero con una duración máxima de cuatro años. Si un trabajador permanece en su cargo más allá de ese tiempo, su contrato deberá transformarse en uno a término indefinido.
En cuanto al contrato de aprendizaje del Sena, se establece que será formalizado como un contrato laboral a término fijo, con derechos plenos. El apoyo económico al aprendiz durante la fase lectiva sube al 75% del salario mínimo, y al 100% en la etapa práctica.
Así mismo, la reforma también modifica las reglas sobre la jornada laboral. La jornada nocturna comenzará a partir de las 7:00 p. m. (antes era a las 9:00 p. m.), lo que implicará un recargo del 35%. Esta medida aplicará a partir del 1 de enero de 2026.
En el caso de los recargos por trabajo en domingos y festivos, se establece una transición progresiva: 80% en 2025, 90% en 2026 y 100% desde el 1 de julio de 2027.
La jornada laboral semanal se reducirá a 42 horas sin disminución salarial. Esta podrá ser distribuida entre cinco o seis días, con un máximo de 8 horas diarias y sin superar las 2 horas extras por día ni las 12 horas semanales.
Otro de los cambios tiene que ver con que los empleadores tendrán que otorgar licencias remuneradas para asistir a citas médicas urgentes o con especialistas, siempre que estén previamente programadas. También se reconocen licencias menstruales avaladas por dictamen médico, permisos para acudir a compromisos escolares cuando se actúe como acudiente y para asistir a diligencias judiciales o administrativas.
Además, se establece una cuota mínima de contratación de personas con discapacidad: dos por cada 100 trabajadores. En empresas con más de 500 empleados, tendrán que contratar una persona con discapacidad adicional por cada 100 trabajadores.
La reforma también introduce normas sobre el trabajo a distancia, donde el empleador tendrá que garantizar el pago de un auxilio de conectividad, asegurando las condiciones mínimas para que el trabajador cumpla sus funciones remotamente.
El Gobierno ahora tendrá que expedir una serie de decretos reglamentarios, algunos de los cuales estarán orientados a mitigar el impacto sobre las microempresas. También advirtió que está prevista la implementación un esquema de inspección laboral para vigilar el cumplimiento de la nueva normativa.
En paralelo, gremios empresariales como Fenalco han anunciado que preparan demandas ante la Corte Constitucional, argumentando falta de concertación en la Comisión Tripartita de Concertación Laboral y señalando riesgos para la sostenibilidad del empleo formal.
Con estas nuevas disposiciones, se configura un nuevo marco legal para las relaciones laborales en el país, cuyas implicaciones comenzarán a reflejarse a medida que las normas entren en operación.