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domingo, febrero 2, 2025
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    Procuraduría destituyó e inhabilitó por 13 años a exdirector de Planeación Municipal de Cúcuta por irregularidades en 27 contratos

    La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 13 años a Jorge Omar Gandolfo Barreto, quien se desempeñaba como director del Departamento Administrativo de Planeación Municipal de Cúcuta, debido a irregularidades en 27 contratos suscritos en 2019. Según el ente disciplinario, en estos acuerdos, Gandolfo Barreto habría entregado de manera irregular la administración del espacio público de la ciudad.

    La Procuraduría explicó que los contratos fueron firmados “mediante los cuales se habría entregado, de manera irregular, la administración del espacio público”. Además, señaló que el exdirector de Planeación Municipal eludió el procedimiento de licitación pública, impidiendo que otros interesados pudieran participar en un proceso abierto. El ente enfatizó que “con la suscripción de forma directa de los cuestionados bilaterales, Gandolfo Barreto habría negado la posibilidad a todos los demás posibles oferentes, que hubieran podido estar interesados, de participar en un proceso licitatorio en una competencia abierta y ser escogidos por méritos derivados de su experiencia, capacidad, calidad y oferta presentada”.

    La Procuraduría también destacó que “esta conducta se repitió en 27 ocasiones durante un periodo de casi 11 meses, evidenciando una intencionalidad deliberada de entregar a la mayor cantidad posible de particulares los bienes de uso público de la ciudad, haciéndolo con el mayor sigilo posible, puesto que nunca se informó a la opinión pública sobre los planes que se llevaban a cabo para estos fines, y menos se realizaron convocatorias públicas para invitar a los posibles interesados”.

    Asimismo, se indicó que las acciones de Gandolfo Barreto ocurrieron al final del año 2019, coincidiendo con la finalización del mandato del alcalde que lo había designado para su cargo, lo que llevó a la Procuraduría a calificar esta actuación como “una urgencia inusual en adelantar dichas acciones”.

    El fallo fue calificado como una “falta gravísima cometida a título de dolo”. La Procuraduría también advirtió que contra esta decisión procede el recurso de apelación.

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