jueves, abril 10, 2025
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Procurador solicitó declarar inexequible decreto sobre educación en el Catatumbo expedido bajo conmoción interior

El procurador general de la Nación, Gregorio Eljach, solicitó a la Corte Constitucional declarar inexequible el decreto legislativo 155 de 2025, expedido por el Gobierno Nacional bajo el estado de conmoción interior, y cuyo objetivo es la ejecución de medidas relacionadas con infraestructura y dotación educativa en la región del Catatumbo.

De acuerdo con el jefe del Ministerio Público, el contenido del decreto no se relaciona directamente con una perturbación grave del orden público, como lo exige la figura del estado de excepción, sino con problemas estructurales que se presentan desde tiempo atrás.

En su concepto, el decreto aborda temas educativos de carácter crónico, ajenos a los fines extraordinarios que permite la conmoción interior.

“Sobre el particular se recuerda que el estado de conmoción interior se caracteriza por estar destinado a atender las graves perturbaciones del orden público (…) el material probatorio del decreto bajo estudio no logra demostrar que la crisis de orden público se haya agravado con el aumento de la violencia registrado desde enero de 2025, pues los datos en los que se fundamenta son cifras del 2023 y años anteriores”, se lee en el concepto remitido a la Corte.

Según la Procuraduría, no existe conexidad entre las causas invocadas y las medidas adoptadas. El órgano de control sostiene que la escalada de violencia en la región no guarda relación directa con la falta de cobertura educativa, aunque reconoce que dicha carencia aumenta la vulnerabilidad del territorio.

El Procurador también advirtió que el decreto desconoce los límites de los estados de excepción, señalando que el Ejecutivo busca extender sus competencias legislativas a ámbitos no autorizados. “Esto implica que el ejecutivo se auto reconozca facultades legislativas de forma injustificada en perjuicio del principio democrático y la separación de poderes”, afirmó Eljach.

En lo relacionado con la ejecución de obras mediante el Fondo de Financiamiento de Infraestructura Educativa (FFIE), el Ministerio Público expresó que las medidas planteadas tienen un carácter permanente, lo cual se aparta del propósito excepcional de los decretos de conmoción. También indicó que no existe claridad sobre la financiación futura del mantenimiento o adecuación de dichas obras una vez expire el régimen de excepción.

“No se encuentra acreditado el cumplimiento de este presupuesto en tanto la medida no resulta idónea para enfrentar la crisis ocasionada por el aumento inusitado de la violencia en la región del Catatumbo, y la crisis humanitaria generada en dicho territorio, y en el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar”, señala el documento.

El Procurador también se pronunció sobre otros tres decretos legislativos expedidos en el marco del estado de conmoción interior:

  • En relación con el decreto 119, que establece medidas de protección en el sector laboral, la Procuraduría solicitó a la Corte que lo declare exequible. Según el concepto, cumple con los requisitos de forma y fondo, y está debidamente motivado en la necesidad de proteger a los trabajadores y garantizar su sustento ante la crisis humanitaria en el Catatumbo.
  • Respecto al decreto 121, que contiene disposiciones sobre agua, saneamiento básico y vivienda, el Ministerio Público pidió declarar exequibles las normas sobre subsidios y el uso extraordinario de recursos del Sistema General de Participaciones. No obstante, objetó los artículos 4 y 5, que modifican normas urbanísticas y de ordenamiento territorial, por considerar que no están debidamente justificadas y afectan competencias de las autoridades locales.
  • Finalmente, sobre el decreto 117, que contempla medidas en el sector turístico, el Procurador solicitó su exequibilidad condicionada, bajo el requerimiento de incluir expresamente a los municipios de Río de Oro y González, en el departamento del Cesar, dentro del alcance de las medidas adoptadas.

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