jueves, enero 22, 2026
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Presidencia recusó al magistrado Jorge Enrique Ibáñez en control constitucional del decreto de emergencia

La Presidencia de la República presentó una recusación contra el magistrado de la Corte Constitucional Jorge Enrique Ibáñez Najar dentro del proceso de control de constitucionalidad del Decreto Legislativo 1390 de 2025, mediante el cual se declaró el Estado de emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional.

La solicitud fue radicada ante la Corte Constitucional por el secretario jurídico de la Presidencia, Augusto Alfonso Ocampo Camacho, en el proceso identificado con el número RE-387. El documento está dirigido al magistrado Carlos Camargo Assis y fue sustentado con base en los artículos 25 a 31 del Decreto 2067 de 1991.

En el escrito, la Presidencia señala que, aunque Ibáñez Najar no actúa como ponente del proceso, “su condición de presidente de la Corte y miembro de la Sala Plena lo convierte en decisor directo de las cuestiones incidentales y de fondo”.

La recusación se presenta en el marco del estudio de constitucionalidad del Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, “Por el cual se declara el Estado de emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional”, expedido por el presidente de la República en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales.

Según el documento, la Presidencia considera que se configuran los presupuestos para apartar al magistrado del conocimiento del proceso. En el texto se afirma que “en el presente caso se evidencia el cumplimiento de todos los elementos que ha fijado la jurisprudencia constitucional para que se configure la causal de recusación de ‘haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada’”.

Además, el escrito advierte que, incluso si se admitiera “en gracia de discusión” que las declaraciones del magistrado no constituyen un pronunciamiento definitivo sobre la exequibilidad del decreto, estas “comprometen objetivamente la apariencia de imparcialidad”, lo cual sería suficiente para estructurar la causal de recusación conforme a la jurisprudencia reiterada de la Corte Constitucional.

En la parte resolutiva, la Presidencia solicita que se declare fundada la recusación y que Ibáñez Najar sea separado del conocimiento del proceso. “Solicito respetuosamente que se declare fundada la recusación contra el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar y, en consecuencia, se le aparte del conocimiento del proceso RE-387, como garantía del principio de imparcialidad judicial y de la confianza pública en la Corte Constitucional como juez de los estados de excepción”, se lee en el documento.

La solicitud fue suscrita por Augusto Alfonso Ocampo Camacho, secretario jurídico de la Presidencia de la República, quien actúa en virtud del Decreto 475 de 2025 y del acta de posesión 1352 del mismo año.

El trámite ahora queda en manos de la Corte Constitucional, que deberá pronunciarse sobre la procedencia de la recusación dentro del proceso de control automático del decreto de emergencia económica y social.

Analistas y líderes de opinión han señalado que, con la recusación contra el presidente de la Corte Constitucional, el Gobierno busca dilatar la decisión y reconfigurar mayorías en la discusión de la emergencia económica.

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