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jueves, noviembre 14, 2024
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    (OPINIÓN) Trilogía: ataque de la izquierda narcoterrrorista de Colombia a nuestro Palacio de Justicia. Por: François Roger Cavard M

    Aprovechando que he sido honrado por tres (3) medios de comunicación con la posibilidad de escribir y difundir semanalmente una columna de opinión, por primera vez me permitiré escribir una trilogía que las entrelace.

    He decidido tomarme esta libertad narrativa por cuanto, además de poder disponer de espacio suficiente para informar con mayor detalle a mis hermanos Iberoamericanos acerca de una aún impune infamia cometida en Colombia que considero trágica para la humanidad, también lograré cumplirle a quienes me publican con respecto a no repetir contenido.

    Aunque en cada una de las tres columnas de esta semana me referiré a la misma arremetida narcoterrorista, honraré el compromiso adquirido con estos generosos medios pues cada escrito tendrá una unidad argumentativa diferente. Lo que me motiva a informar con respecto a este aún impune fratricida ataque terrorista cometido por la izquierda colombiana es creer que ”…quien olvida su historia está condenado a repetirla”, y nada como lo que está sucediendo en Colombia, en Venezuela y en Cuba para sentar precedente en cuanto a que la historia a conocer y a no olvidar como Iberoamericanos, incluye aquella de naciones hermanas.

    Vamos por la impunidad. Para vergüenza de Colombia y de la humanidad, nada como la usurpación que de la Presidencia de la República logró hacer el aún impune CRIMINAL DE LESA HUMANIDAD Petro Urrego, para probar de manera irrebatible la infame complicidad en que han estado incursos durante las últimas cuatro décadas los tres (3) poderes públicos en Colombia para garantizar inaceptable impunidad a estos malditos degenerados… Cuando de hacer prevalecer la LEY, honrar la VERDAD y aplicar con severidad la JUSTICIA a los atroces y derrotados narcoparamilitares de la izquierda colombiana se trata, los representantes de nuestra institucionalidad han traicionado a la Patria incumpliendo intencionalmente con sus deberes y obligaciones constitucionales de perseguir, investigar, acusar, juzgar, condenar y castigar a los peores criminales de la historia reciente de la humanidad.

    Lo anterior lo pruebo en un libro de más de 300 páginas que publicaré pronto, pero por ahora y en esta columna, informaré de manera general de algunas de las más contundentes evidencias que prueban lo manifestado líneas atrás.

    Empecemos por el hecho que en Octubre de 1985, por haber sido capturado en posesión de un arsenal y como probado miembro del grupo terrorista M-19, Petro Urrego fue juzgado y condenado por un Juez de Conocimiento a 18 meses de cárcel.

    Como consecuencia de lo anterior, y considerando que purgó 15 de los 18 meses a los que fue condenado, Petro Urrego tiene un ANTECEDENTE PENAL. En 1989, es decir poco menos de tres años después de salir de prisión Petro Urrego, otro genuflexo y cómplice gobierno de Colombia ofreció a los derrotados narcoparamilitares de la pandilla de la izquierda colombiana M-19 la posibilidad de acceder a un indulto (Ley 77 del 22 de Diciembre de 1989 y Decreto Reglamentario 206 del 22 de Enero de 1990).

    Aunque el Derecho Internacional Humanitario (DIH) es muy claro en cuanto a que el 99% de los crímenes cometidos por Petro Urrego, por el M-19 y por todos los narcoparamilitares de la izquierda colombiana no pueden ser sujeto de indultos, de amnistías, ni de perdones, igual desde los 3 poderes públicos de Colombia se hizo caso omiso a este mandato universal y se pretendió favorecer con impunidad a estos atroces del M-19 ofreciéndoles el beneficio del indulto.

    Como consta en la certificación emitida por el Ministerio de la Justicia y el Derecho de Colombia a mi nombre y exhibida líneas adelante, por no haber solicitado el beneficio del indulto conforme lo establecía la normatividad vigente para el tal “acuerdo de paz” firmado con el M-19, al aún impune GENOCIDA del Petro Urrego no le fue concedido dicho beneficio jurídico.

    En conclusión, y conforme a la Constitución Política vigente en Colombia desde 1991, por tener un ANTECEDENTE PENAL y por no haberle sido concedido el beneficio jurídico del indulto (Artículos 197 y 179), desde febrero de 1987 Petro Urrego ha estado inhabilitado de manera vitalicia para ser funcionario público, para contratar con el Estado, y para postularse a cargos de elección popular.

    La imagen de la referida certificación del Ministerio de la Justicia y el Derecho de Colombia que prueba su INHABILIDAD VITALICIA es la siguiente:

    Resulta entonces que desde 1987 el usurpador de la Presidencia de Colombia Petro Urrego ha estado inhabilitado de manera vitalicia, desde lo constitucional, desde lo administrativo, y desde lo penal, para parasitar del erario como lo ha estado haciendo desde 1991. Lo anterior teniendo muy presente lo más importante: Su muy comprometida e insaneable condición jurídica como aún impune CRIMINAL DE LESA HUMANIDAD, aún impune GENOCIDA, aún impune CRIMINAL DE GUERRA, y aún impune criminal responsable de cometer INFRACCIONES GRAVES CONTRA EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO (DIH).

    ¿A qué se debe entonces que semejante escoria humana, que semejante criminal, haya podido usurpar la Presidencia de Colombia? La respuesta es tan sencilla como dolorosa y vergonzosa: Esto ha sido gracias a la infame complicidad que durante las últimas 4 décadas ha habido en los tres (3) poderes públicos de Colombia para blindarle impunidad. ¿Cuál es el sustento de esta afirmación? Les informaré al respecto refiriéndome a tan solo un ejemplo para cada uno de los poderes públicos.

    Antes de entrar en materia, pondré en su conocimiento, dada su importancia y contundencia jurídica, que uno de los principios universales del Derecho que nos cobija a todos los ciudadanos del planeta, principio que en latín reza “IGNORANTIA IURIS NON EXCUSAT”, establece que argumentar desconocer las leyes, no exime de la obligación de cumplirlas; Esto aplica con mayor severidad a los funcionarios y a las autoridades públicas al momento de establecer responsabilidades… En caso que lo anterior no sea suficiente para ilustrar con respecto a la gravedad de la intencional complicidad que para beneficiar a esos aún impunes GENOCIDAS ha hecho carrera en los 3 poderes públicos de Colombia durante las últimas 4 décadas, el Artículo 6º de la aún vigente Constitución Política de Colombia, que se ocupa de las responsabilidades de los particulares y de los servidores públicos para con la legalidad, claramente establece lo siguiente (ni el subrayado ni el resaltado están en el texto transcrito):

    ARTICULO 6o. Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.

    Arranquemos pues por la sistemática y vulgar complicidad que desde 1990, es decir, desde la firma misma del tal “acuerdo de paz” con el m-19, ha habido en el poder ejecutivo de Colombia para garantizar impunidad a CRIMINALES DE LESA HUMANIDAD de la izquierda colombiana como Petro Urrego. Conforme a lo establecido en los Artículos 2, 4, 6, 7 y 16 de la Ley 77 del 22 de Diciembre de 1989, y también conforme a lo establecido en los Artículos 1, 5, 7, y 23 el Decreto Reglamentario 206 del 22 de Enero de 1990, el primer paso para cumplir con el tal “acuerdo paz” consistía en que para ser beneficiados con el necesitado indulto, cada uno de los derrotados desmovilizados del m-19 debía escribir al Ministerio de Justicia una comunicación manifestando 3 cosas: Primero, que eran desmovilizados del M-19, segundo que solicitaban el beneficio jurídico del indulto, y tercero que se comprometían a incorporarse a la vida civil. Como puede apreciarse en la imagen de la certificación compartida parágrafos atrás, Petro Urrego no cumplió con este primer paso… De hecho, pude corroborar que ninguno del m-19 lo hizo

    Sigamos. El siguiente paso para cumplir con el tal “acuerdo de paz”, era que el beneficio jurídico del indulto le fuese concedido de manera individual a cada solicitante mediante la expedición de una RESOLUCIÓN EJECUTIVA firmada por el Presidente de la República, por el Ministro de Justicia, y por el Ministro de Gobierno. De verificar se cumpliera con todo lo pactado en ese tal “acuerdo de paz”, se hizo responsable a la Procuraduría General de la Nación.

    Obviamente, si no hubo solicitud de indulto, pues no existe RESOLUCIÓN EJECUTIVA concediéndolo, punto. Si no es complicidad, ¿qué explica que el Presidente de ese entonces, Virgilio Barco Vargas, y que sus Ministros de Justicia y de Gobierno jamás se hubieran preguntado cómo fue que un impune GENOCIDA como Pizarro León-Gómez fue candidato a la Presidencia de la República si ellos jamás habían firmado RESOLUCIÓN EJECUTIVA alguna concediéndole el indulto? ¿Qué explica, sino una vergonzosa complicidad, que ni el Procurador General de ese entonces, Carlos Gustavo Arrieta Padilla, ni los siguientes seis (6) Procuradores Generales que ha habido en Colombia desde que Petro Urrego inició su ilícita e ilegítima carrera política en 1991, hayan cumplido con su obligación de verificar que este degenerado y sus camaradas del M-19 si estuviesen indultados?

    Pasemos ahora a uno solo de los ejemplos que presentaré acerca de la inobjetable e inocultable complicidad que el poder judicial colombiano ha tenido en toda esta vulgar impunidad que ha estado cobijando a Petro Urrego y a todos sus demás camaradas narcoparamiltares de la fratricida izquierda colombiana. Tenga muy presente Señor lector que ninguno de los derrotados desmovilizados del M-19 pidió el indulto por escrito, ni fue indultado mediante RESOLUCIÓN EJECUTIVA, y por lo tanto ninguno de esos atroces cumplió con el tal “acuerdo de paz”.

    No obstante y lo anterior, el día 09 de marzo de 1990, a las 17:00 horas, firma como Magistrada Sustanciadora la Señora operadora de justicia la Dra. Gloria Flórez de Sabogal, y firman también los Señores Álvaro González Pimienta, Humberto Gutiérrez Ricaurte y Jairo Sepúlveda Fonseca (Secretario), una providencia discutida y aprobada según Acta Nº 08/90 por la Sala Penal del Tribunal Superior del distrito judicial de Bogotá, de la Rama Jurisdiccional, en la que se manifiesta y resuelve, además de conceder el indulto de manera colectiva a todos los del M-19 sin tener competencia para ello, proceder también a ordenar la cesación de procedimiento contra cuatro narcoparamilitares de la izquierda colombiana, entre los cuales está Petro Urrego, y ordenar igualmente cancelar las órdenes de captura contra algunos de esos sujetos en el Proceso con número de radicado 702040…

    ¿Qué tal la belleza de cómplices? ¿No debo generalizar ni hacer extensiva a toda la rama judicial tanta complicidad porque en este caso fueron solo cuatro operadores de justicia y un solo despacho quienes incurrieron en este ilícito? No Señores, no es así por cuanto absolutamente TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES ante los cuales se estuviese adelantando procesos judiciales contra esos degenerados del M-19, estaban en la obligación de verificar se cumpliera con lo establecido en el tal “acuerdo de paz”.

    Finalmente, ocupémonos brevemente de la aberrante complicidad que desde siempre ha habido en el poder legislativo para garantizar impunidad a Petro Urrego y a todos sus camaradas asesinos. Sin asomo alguno de dignidad ni de respeto por la institucionalidad, los poderes ejecutivo y legislativo afanosamente promulgaron la Ley 7 del 03 de Julio de 1992. Las personas en esas dignidades, todos unos abnegados proveedores de impunidad para sus protegidos narcoparamilitares de la izquierda colombiana, debieron reaccionar de manera precipitada y desesperada promulgando esta inútil Ley por cuanto, exactamente dos (2) años y cinco (5) meses después de promulgada la Ley 77 del 22 de diciembre de 1989 que ofreció a los desmovilizados del M-19 la posibilidad de acceder a un indulto, la valiente y ella sí Honorable Señora Juez sin rostro (también conocidos como Jueces de orden público) CLEMENCIA GARCÍA DE USECHE (q.e.p.d.) llamó a juicio por el Holocausto del Palacio de Justicia, a la cúpula de la derrotada y desmovilizada pandilla narcoparamilitar de la izquierda colombiana M-19.

    Este bien fundamentado requerimiento hecho por una, repito, ella si Honorable Señor Juez de la República, era para que Petro Urrego y los demás desmovilizados de la derrotada pandilla narcoparamilitar de la izquierda colombiana M-19 respondieran por su responsabilidad en los aun impunes CRIMENES DE LESA HUMANIDAD, aun impunes CRIMENES DE GUERRA, y aun impunes INFRACCIONES GRAVES CONTRA EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO (DIH) por ellos cometidos durante el fratricida ataque narcoparamilitar al Palacio de Justicia, atrocidades todas que conforme al Derecho Internacional Humanitario (DIH), no pueden ser jamás sujeto de indulto, de amnistía ni de perdón.

    Aunque este mamarracho de Ley quiso cobijar con los beneficios jurídicos del PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD y de la COSA JUZGADA a los del M-19 que hubiesen cumplido con la normatividad fijada para el tal “acuerdo de paz” suscrito con el arrodillado gobierno Barco (Ley 77 del 22 de Diciembre de 1989 y Decreto Reglamentario 206 del 22 de Enero de 1990), para su aplicación y validez, este remedo de Ley requería que existiesen beneficiarios de ese tal “acuerdo de paz” suscrito en 1989… Y como no hay beneficiarios porque ninguno pidió el indulto y por lo tanto a ninguno le fue concedido, pues este esperpento de Ley no tiene a quien aplicársele así desde 1992 se crea que se “re-indultó” a esa escoria humana del M-19…

    Considerando todo lo antes expuesto, estoy seguro coincide el lector conmigo en que es absolutamente vulgar e inaceptable, además de insultante, el mamarracho de impunidad con que se ha venido tratando de beneficiar a estos infames narcoparamilitares de la izquierda colombiana, especialmente al usurpador de la Presidencia de Colombia Petro Urrego.

    Por la anterior, creo que una adicional muy poderosa lección que considero deja a nuestras naciones Iberoamericanas lo sucedido en Colombia con respecto a la impunidad con que se ha querido beneficiar a los peores criminales de la historia reciente de la humanidad como Petro Urrego, es que cuando confrontadas y enfrentadas todas estas aberraciones con la fuerza de la LEY, con la contundencia de la VERDAD, y con la furia de la JUSTICIA, los ciudadanos de bien y nuestras hermosas naciones estamos destinados a prevalecer en el bienestar, a prosperar en paz, y a salir adelante en completa libertad y sin temor alguno al futuro que juntos forjaremos libres de tanto infame y de sus cómplices.

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