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jueves, noviembre 14, 2024
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    Nueva ley en Colombia: Motos ya no serán inmovilizadas por infracciones menores

    En un paso hacia la «justicia social y la equidad», el presidente del Senado, Efraín Cepeda, sancionó una ley que pone fin a la inmovilización de motocicletas en Colombia por infracciones de tránsito consideradas menores.

    Esta nueva normativa modifica la Ley 769 de 2002, o Código Nacional de Tránsito Terrestre, y equipara los derechos de los motociclistas con los de los conductores de vehículos, limitando la inmovilización solo a infracciones más graves.

    Cepeda resaltó que esta ley beneficia a los motociclistas, quienes representan uno de los sectores más vulnerables y para quienes la motocicleta es, en muchos casos, una herramienta de trabajo.

    Según la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI), el 90% de las motocicletas vendidas en 2022 se destinó al uso laboral.

    Estas cifras se reflejan en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), donde, de los 18.082.451 vehículos registrados, más de 10 millones corresponden a motocicletas, lo que equivale al 61% del parque automotor en el país.

    “Con esta ley saldamos una deuda de equidad con los motociclistas del país. Generamos mayor justicia para el gremio, eliminando las inmovilizaciones por infracciones menores e igualando la normatividad con la de los vehículos”, afirmó Cepeda, resaltando que el cambio busca también fortalecer la responsabilidad de los conductores hacia la seguridad vial.

    Infracciones menores que ya no ameritan inmovilización

    La reforma ajustó los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito, estipulando las infracciones menores por las cuales las motocicletas no serán inmovilizadas de inmediato, aunque sí recibirán una multa. Entre estas infracciones se incluyen:

    • Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía.
    • No detenerse ante una luz roja, señal de «PARE» o semáforo intermitente en rojo.
    • Conducir sobre aceras, plazas, zonas peatonales, separadores y áreas verdes.
    • Adelantar en bermas, túneles, puentes, curvas y cruces no regulados.
    • Realizar maniobras altamente peligrosas que pongan en riesgo la seguridad de personas o bienes.

    «Se acabó el negocio de las grúas y los patios»

    El senador Gustavo Moreno, quien impulsó la modificación, celebró en redes sociales la sanción de la ley. “Se acabó el negocio de las grúas y los patios en Colombia.

    Antes, los motociclistas pagaban el comparendo, el patio y la grúa; en algunos casos, el costo de estos superaba el valor de la propia motocicleta”, expresó Moreno, criticando el impacto económico desproporcionado que estas sanciones representaban para muchos trabajadores.

    Moreno aclaró también que, si bien esta ley elimina la inmovilización por infracciones menores, las infracciones establecidas en el Código de Tránsito siguen vigentes.

    La aprobación de esta ley representa un cambio significativo en la regulación de tránsito, ofreciendo un respiro a millones de motociclistas que dependen de su vehículo como medio de sustento, y marcando, según los impulsores de la normativa, un avance en el respeto a los derechos de este sector.

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