Los vicios de trámite que llevaron a la Corte Constitucional a devolver la reforma pensional al Congreso parecen haber sido subsanados en la Cámara de Representantes. No obstante, aún se esperan dos pronunciamientos clave del alto tribunal antes de que la ley entre en vigor.
Si se confirma que los errores procesales fueron corregidos, se superará el primer umbral jurídico. A partir de ahí, la Corte realizará un examen de fondo para determinar si la reforma se ajusta a los principios de la Constitución. Solo si supera este control, los colombianos tendrán un nuevo modelo para acceder a la pensión de jubilación.
Por ahora, no hay una fecha definida para la implementación de la ley; su futuro inmediato depende exclusivamente del fallo de la Corte Constitucional.
Puntos centrales de la reforma
El eje de la reforma es la creación de un sistema de pilares, que organiza el acceso a la pensión en distintos niveles, combinando solidaridad estatal, ahorro individual y protección social.
1. Pilar Solidario
Dirigido a personas mayores que nunca cotizaron o no lograron pensionarse.
- Beneficiará a hombres mayores de 65 años y mujeres mayores de 60 años. También cubrirá a personas con discapacidad (hombres desde los 55 y mujeres desde los 50 años) que presenten una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% y se encuentren en condición de pobreza o vulnerabilidad (hasta el nivel C3 del Sisbén).
- Recibirán una renta básica mensual de $223.000, actualizable periódicamente.
- Financiado en su totalidad con recursos del Estado.
2. Pilar Semicontributivo
Pensado para quienes cotizaron parcialmente, pero no alcanzaron los requisitos para pensionarse.
- Aplica a hombres mayores de 65 años que hayan cotizado al menos 300 semanas y a mujeres mayores de 60 años que hayan cotizado hasta 999 semanas.
- Se otorgará una renta vitalicia basada en el ahorro acumulado más un rendimiento anual del 3%, complementado con un subsidio estatal del 20% para hombres y 30% para mujeres sobre el saldo restante.
- Cobijará también a personas elegibles para el Pilar Solidario que hayan cotizado entre 300 y menos de 1.000 semanas.
3. Pilar Contributivo
Obligatorio para todos los trabajadores.
- Los aportes sobre los primeros 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se realizarán a Colpensiones.
- Los ingresos que excedan esa cifra se destinarán a fondos privados.
- El objetivo es consolidar una base solidaria mientras se permite el ahorro individual.
4. Pilar Voluntario
Complementario para quienes deseen aumentar su pensión.
- Permite aportes voluntarios a fondos privados o programas complementarios.
- Se abre un periodo de dos años para que personas con menos de 10 años para pensionarse, y con al menos 750 semanas cotizadas (mujeres) o 900 semanas (hombres), puedan trasladarse al régimen más conveniente, previa doble asesoría.
Además, quienes hayan aportado a regímenes anteriores a esta ley podrán solicitar el reconocimiento de sus aportes mediante la emisión de un Bono Pensional, Título Pensional o Devolución de Aportes hacia la entidad que gestionará su pensión integral de vejez.
Visión del Gobierno
Según el Ejecutivo, el nuevo sistema ofrece:
- Mayor cobertura: más de 2,5 millones de adultos mayores recibirán ingresos mediante el Pilar Solidario.
- Mayor equidad: se redistribuyen de manera más justa los recursos públicos.
- Sostenibilidad: se busca un sistema más equilibrado y con mayor respaldo a las poblaciones vulnerables.
Críticas y dudas
Pese a sus beneficios, la reforma ha suscitado preocupaciones:
- Disminución del ahorro individual.
- Temores sobre la gestión estatal de los recursos pensionales.
- Riesgos de sostenibilidad a largo plazo que podrían comprometer la viabilidad del sistema.
En los próximos días, la Corte Constitucional deberá pronunciarse de forma definitiva. Hasta entonces, el futuro del nuevo sistema pensional continúa en suspenso.
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