La Corte Constitucional emitió un nuevo pronunciamiento sobre el reajuste de la Unidad de Pago por Capitación -UPC-, ordenando al Ministerio de Salud y Protección Social responder una serie de interrogantes sobre la conformación y operatividad de la mesa técnica encargada de analizar la suficiencia de la prima. La Sala Especial de Seguimiento cuestionó la falta de participación de algunos actores clave y advirtió que la Resolución 370 de 2025 no estaría cumpliendo con las órdenes impartidas previamente.
En su auto, la Corte reiteró que el propósito de la mesa técnica no es únicamente revisar y ajustar la UPC, sino garantizar un proceso de concertación representativo y transparente con todos los sectores involucrados en el sistema de salud. En este sentido, exigió explicaciones sobre la exclusión de entidades como Asocajas, la ANDI y la Secretaría de salud de Bogotá pese a su relevancia en la gestión y financiamiento del sistema.
Además, el alto tribunal solicitó que el Ministerio de Salud justifique los criterios utilizados para validar la información aportada por las EPS, así como las condiciones y plazos impuestos para la entrega de documentación. También se ordenó a la cartera aclarar por qué la resolución que reglamenta la mesa no contempla la suficiencia de la UPC 2024 como un objetivo prioritario, a pesar de lo dispuesto en el Auto 007 de 2025.
La Procuraduría General de la Nación, en línea con las preocupaciones de la Corte, señaló que la falta de garantías en la participación podría constituir un incumplimiento de las órdenes judiciales. Asimismo, asociaciones del sector salud han advertido que el modelo actual de discusión sobre la UPC no está resolviendo los rezagos financieros acumulados desde 2021, afectando la estabilidad del aseguramiento y el acceso a los servicios de salud.
Ante este escenario, la Corte dispuso que el Ministerio de Salud, el Ministerio de Hacienda, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES-, la Procuraduría, la Contraloría y otras entidades entreguen informes detallados en un plazo máximo de dos días. También ordenó que asociaciones del sector presenten sus observaciones sobre el desarrollo de la mesa y el impacto de sus decisiones en la sostenibilidad del sistema.
El alto tribunal recordó que el incumplimiento en la actualización y suficiencia de la UPC genera déficits en las EPS y dificultades en la prestación de servicios. Advirtió que cualquier medida adoptada debe responder a criterios técnicos rigurosos y a un proceso de diálogo que involucre a todos los actores del sistema de salud.
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