viernes, octubre 17, 2025
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Juez ordenó a Petro disculparse públicamente por polémicas declaraciones sobre las mujeres en Consejo de Ministros

El presidente Gustavo Petro tendrá que ofrecer disculpas públicas en un plazo de cinco días por las expresiones pronunciadas durante un Consejo de Ministros, en las que afirmó que “una mujer libre hace lo que se le dé la gana con su clítoris y con su cerebro”.

Así lo determinó un juzgado administrativo de Bogotá, tras fallar una acción de tutela presentada por la ciudadana Tatiana Echavarría Arango.

El fallo señala que las afirmaciones del mandatario vulneraron derechos fundamentales de las mujeres, al reproducir estereotipos de género considerados sexistas y patriarcales. El despacho judicial estableció que las declaraciones del presidente afectan “la integridad moral, la dignidad, la igualdad y el libre desarrollo de la personalidad” de las mujeres.

La decisión ordena que las disculpas sean presentadas en un nuevo Consejo de Ministros transmitido por los mismos canales oficiales, con un mensaje dirigido a la accionante, a su hija y a todas las mujeres del país. Adicionalmente, el mandatario tendrá que participar en un curso de sensibilización en género, igualdad y no discriminación, que será impartido por la Defensoría del Pueblo o la Procuraduría General dentro de los próximos 30 días.

La tutela fue interpuesta por Echavarría Arango, quien argumentó que los comentarios del jefe de Estado impactaron de forma negativa en su entorno familiar y educativo. En su declaración, la ciudadana sostuvo que los discursos oficiales del mandatario, al contener expresiones “misóginas, racistas o clasistas”, distorsionan el aprendizaje democrático y transmiten mensajes que afectan la formación de niños y adolescentes.

El juzgado enfatizó que el derecho a la libertad de expresión tiene límites, especialmente cuando se trata de discursos que pueden reproducir formas de violencia simbólica. Según la sentencia, “la libertad de expresión no ampara manifestaciones que refuercen la discriminación o que perpetúen estructuras de desigualdad en razón del género”.

La decisión también hace referencia a otras expresiones del presidente que fueron objeto de cuestionamiento en la acción judicial, como comentarios sobre “los Brayans”, alusiones raciales y observaciones dirigidas a funcionarios públicos, incluidas las relacionadas con la vicepresidenta Francia Márquez.

En su defensa, la Presidencia de la República alegó que la acción de tutela era improcedente por falta de legitimación de la demandante y porque las afirmaciones del presidente se enmarcan en el ejercicio del debate político.

Sin embargo, el tribunal desestimó estos argumentos y recordó que los funcionarios públicos, y en particular el jefe de Estado, tienen una obligación reforzada de prudencia y respeto en sus intervenciones públicas.

El juez citó además jurisprudencia de la Corte Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para sustentar que el Estado debe prevenir toda forma de violencia y discriminación de género, incluso aquella que se manifiesta a través del lenguaje simbólico. Con esta decisión, el mandatario deberá realizar su retractación de manera oficial y acatar las medidas de formación ordenadas por el juzgado.

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