La Jurisdicción Especial para la Paz presentó una decisión en la que calificó como genocidio el ataque sostenido contra la Unión Patriótica (UP) y señaló penalmente a cinco oficiales retirados del Ejército Nacional por su papel en la política contrainsurgente que, según el tribunal, condujo a la eliminación progresiva del partido entre 1984 y 2007.
La Sala de Reconocimiento de Verdad imputó responsabilidad a los generales retirados Iván Ramírez Quintero y Rito Alejo del Río Rojas, así como a otros tres exoficiales, por su participación o por omisión en hechos que también fueron tipificados como crímenes de guerra y de lesa humanidad.
La determinación incluyó la reasignación del Caso 06 bajo la denominación “Genocidio contra el partido político Unión Patriótica”. Según el tribunal, los hechos dejaron al menos 8.924 víctimas, de las cuales 5.729 corresponden a homicidios y desapariciones, mientras que otras 3.200 sufrieron distintas formas de violencia, como desplazamientos, amenazas, atentados, detenciones arbitrarias o exilio.
Las afectaciones incluyeron militantes, dirigentes regionales y nacionales, concejales, alcaldes y dos candidatos presidenciales. De acuerdo con los resultados de la investigación, la estigmatización de la UP como un supuesto vínculo político de las antiguas Farc-EP fue un elemento central para justificar la persecución.
El análisis judicial mostró que en regiones como Urabá, Meta y Magdalena Medio se concentró la mayoría de casos, con especial énfasis en el municipio de Apartadó, donde en 1996 se registró una cuarta parte de las víctimas fatales documentadas ese año en el país. La Sala expuso que la información proveniente de unidades de inteligencia contribuyó a reforzar la narrativa que acompañó los hechos de violencia.
La reconstrucción del caso incluyó la revisión de 34 informes de entidades estatales y organizaciones de víctimas, 139 diligencias de versión y más de 240 testimonios y entrevistas.
Entre los hallazgos, la JEP identificó coordinación entre estructuras paramilitares y miembros de unidades militares para la ejecución de operaciones, suministro de información y omisión en los deberes de protección. Según la Sala, esta actuación permitió la expansión de grupos armados ilegales y la continuidad de los ataques.
El tribunal determinó tres modalidades en las que se desarrolló el patrón de violencia:
- Acciones contra obreros y campesinos en zonas rurales vinculadas a la UP
- Asesinatos selectivos de funcionarios, líderes locales y concejales en áreas urbanas
- Masacres en territorios considerados de influencia del partido para afectar procesos organizativos y la permanencia de sus comunidades.
Estos mecanismos se documentaron con casos ocurridos en fincas bananeras, barrios urbanos y corregimientos como San José de Apartadó.
Los cinco exmandos tendrán que definir en los próximos 30 días si aceptan o rechazan los cargos. En caso de reconocimiento, la JEP convocará una audiencia pública y el Tribunal para la Paz impondrá sanciones propias con restricciones de libertad de cinco a ocho años.
Si no aceptan, los expedientes pasarán a la Unidad de Investigación y Acusación, donde podrían enfrentar penas de hasta 20 años. Según la Sala, la información recopilada permite concluir que los ataques se mantuvieron durante más de dos décadas y se desarrollaron en 427 municipios del país.









