jueves, febrero 19, 2026
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Gobierno radicó recurso para tumbar suspensión al aumento del salario mínimo

El Gobierno Petro radicó un recurso de súplica ante el Consejo de Estado para que se revise la decisión que suspendió provisionalmente el Decreto 1469 de 2025, norma mediante la cual el Ejecutivo fijó el incremento del salario mínimo para 2026 tras el fracaso de la mesa de concertación entre sindicatos y empresarios.

El decreto, firmado a finales de diciembre de 2025, estableció un aumento cercano al 23 %, lo que llevó el salario mínimo mensual a $1.750.905, más un auxilio de transporte de $249.095. La medida fue adoptada por el Ejecutivo luego de no alcanzarse un acuerdo tripartito y se sustentó en la necesidad de garantizar un ingreso que el Gobierno ha denominado “vital”.

El 13 de febrero, el Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad contra el decreto y ordenó su suspensión provisional. En el auto, cuyo ponente es el magistrado Juan Camilo Morales, el alto tribunal señaló que el Gobierno no acreditó de manera suficiente los criterios técnicos exigidos por la Ley 278 de 1996 para fijar el salario mínimo. Esa normativa establece que el ajuste anual debe considerar variables como inflación, productividad y crecimiento económico.

Según el Consejo de Estado, el decreto se apoyó principalmente en el concepto de salario mínimo vital, sin que se evidenciara una justificación detallada respecto de los demás factores contemplados en la ley. Con la suspensión, el incremento quedó en pausa mientras avanza el proceso judicial de fondo.

En respuesta, el Ejecutivo presentó un recurso de súplica de 28 páginas, suscrito por el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Hacienda, el Departamento Administrativo de la Presidencia y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. En el documento se solicita que la misma corporación revoque la medida cautelar al considerar que excede los límites de este tipo de decisiones.

El Gobierno sostiene que la suspensión no se limitó a preservar el objeto del litigio, sino que produjo efectos materiales que, en su criterio, equivalen a un pronunciamiento anticipado sobre la legalidad del decreto. También argumenta que la decisión se apoyó en una controversia interpretativa y no en una infracción evidente de la ley, lo cual, según expone el recurso, contraviene los estándares previstos en el artículo 231 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

El escrito advierte que la medida cautelar incide en la política económica y en los ingresos de los trabajadores, y cuestiona que no se haya ponderado de manera expresa el impacto de la suspensión sobre estos intereses. Mientras el Consejo de Estado estudia el recurso de súplica, el decreto permanece suspendido y el debate jurídico sobre el alcance del aumento salarial continúa en trámite ante la jurisdicción contencioso administrativa.

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