miércoles, marzo 26, 2025
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Gobierno Petro ordena retransmisión de su consejo de ministros ¿No le fue bien en rating?

Personería rendición cuentas

El Gobierno Nacional informó que este miércoles 26 de marzo se retransmitirá el Consejo de Ministros que se realizó el día anterior en la Casa de Nariño.

El espacio, que tuvo una duración de dos horas y treinta minutos, se emitió inicialmente el 25 de marzo, pero solo por canales públicos y plataformas digitales. Los canales privados no lo transmitieron en su momento debido a la coincidencia con los partidos de las Eliminatorias al Mundial.

De acuerdo con la información suministrada por la Presidencia, la retransmisión se realizará a las 7:00 p.m. del 26 de marzo, horario que coincide con los noticieros de las principales cadenas nacionales.

Cabe recordar que durante la sesión, Petro abordó temas como la situación del sistema de salud, la entrega de medicamentos por parte de las EPS y las deudas que estas acumulan. En su intervención, el mandatario señaló que el modelo actual es «insostenible» y cuestionó la estructura financiera sobre la que se ha basado la prestación del servicio de salud en el país.

«Se roban el dinero, y se lo roban a partir de la construcción de un sistema de salud que se sustenta no en el derecho universal de la salud sino en un sistema de aseguramiento financiero como si la gente fueran carros», afirmó el Presidente.

Asimismo, el mandatario hizo referencia a la Fiscalía General de la Nación en relación con diversas investigaciones y su papel en el actual contexto político del país.

Previo a la transmisión del Consejo de Ministros, el presidente Petro defendió el derecho del Gobierno a hacer uso de estos espacios en los medios de comunicación. «El Gobierno tiene derecho a la alocución», expresó el mandatario en respuesta a críticas sobre el uso de los canales nacionales para la emisión de sus intervenciones.

Según lo establece la Ley 182 de 1995, el Gobierno Nacional tiene acceso a los canales de televisión, tanto públicos como privados, para dirigirse al país «en cualquier momento».

Sin embargo, la Corte Constitucional ha precisado que estas intervenciones deben ser personales, tratar asuntos de interés público y estar directamente relacionadas con las funciones del presidente como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa.

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