La audiencia preparatoria de juicio contra Nicolás Petro Burgos se reanudó este martes con una intervención extensa de la Fiscalía General de la Nación, que presentó su apelación frente a varias decisiones adoptadas por el juez del caso en relación con las pruebas que serán practicadas durante el juicio.
El eje central de la exposición del ente acusador fue la naturaleza del interrogatorio rendido por el procesado tras su captura en 2023 y el alcance real de esa declaración dentro del proceso penal.
La fiscal del caso solicitó al despacho revocar la exclusión del interrogatorio inicial de Petro Burgos, al sostener que se trata de una prueba válida y obtenida dentro del marco legal.
Según la Fiscalía, esa diligencia no se produjo como parte de un principio de oportunidad ni de un preacuerdo, como lo argumentó la defensa y fue acogido por el juez, sino en el contexto de las audiencias concentradas posteriores a la detención del acusado.
De acuerdo con la Fiscalía, nunca existió una negociación formal ni una propuesta concreta de principio de oportunidad para Nicolás Petro. En su intervención, la fiscal explicó que el procesado decidió declarar con el objetivo de evitar la imposición de una medida de aseguramiento privativa de la libertad, sin que mediara compromiso alguno de colaboración futura con la justicia. En ese sentido, sostuvo que la manifestación de responsabilidad que hizo en ese momento no estuvo condicionada a beneficios judiciales previamente acordados.
La fiscal añadió que, una vez el juez resolvió no imponer la detención preventiva, el acusado optó por desistir de continuar entregando información a la Fiscalía, decisión que, según el ente investigador, no podía ser cuestionada ni exigida, precisamente porque no había un acuerdo en curso que lo obligara a seguir colaborando.
Durante la misma diligencia, la Fiscalía también apeló la admisión de varios testigos solicitados por la defensa. En particular, pidió que se limite el alcance de algunos interrogatorios para evitar que el juicio se desplace hacia debates ajenos al objeto procesal.
En el caso del empresario Cristian Daes y del dirigente político Máximo Noriega, el ente acusador señaló que sus testimonios serían pertinentes únicamente para esclarecer posibles entregas de dinero, pero no para abordar asuntos políticos, lo que, a su juicio, desnaturalizaría el proceso penal.
Asimismo, la Fiscalía consideró innecesaria la declaración de Laura Ojeda, actual pareja de Nicolás Petro, y solicitó revisar la pertinencia o el alcance de los testimonios de Gladys Vásquez, César Vásquez y Liseth Castro, al advertir que podrían resultar redundantes o carentes de relevancia directa frente a los hechos investigados.
Otro punto de fricción fue la compulsa de copias ordenada por el juez Hugo Carbonó contra la fiscal del caso, por presuntas vulneraciones de derechos durante la captura de Petro Burgos y por posibles irregularidades relacionadas con un vehículo Mercedes Benz. La Fiscalía calificó esa decisión como apresurada y sostuvo que el despacho no ha tenido acceso a pruebas documentales ni testimoniales que respalden dichas conclusiones.
Según la fiscal, el juez tomó la determinación con base exclusiva en afirmaciones de la defensa, sin que estas constituyan un medio de conocimiento suficiente para adoptar una medida de esa naturaleza. En su criterio, será en el desarrollo del juicio donde se establezca si existen fundamentos probatorios para adoptar decisiones adicionales dentro del proceso.







