martes, mayo 27, 2025
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Fallas en la página de la Dian impiden cumplimiento de obligaciones tributarias y generan reclamos

Usuarios, contadores públicos y contribuyentes reportan dificultades para acceder al portal de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), cuya plataforma presenta fallas técnicas desde este lunes 26 de mayo.

La situación ha impedido la presentación oportuna de declaraciones tributarias, generando una oleada de reclamos en redes sociales y foros del sector contable.

El colapso del sistema se atribuye a una alta demanda de usuarios que intentaban cumplir con sus obligaciones fiscales, particularmente la declaración de renta y otros impuestos, cuyo plazo vencía esa misma fecha. Profesionales del gremio contable han señalado que el sistema no permite firmar electrónicamente ni registrar Peticiones, Quejas o Reclamos (PQR), lo que ha agravado el malestar.

La Asociación Nacional de Contadores Públicos se pronunció sobre la situación, afirmando que la plataforma MUISCA ha presentado “fallas sistemáticas, recurrentes y críticas” desde el pasado 12 de mayo. Según el gremio, los problemas de conectividad se agudizan cada vez que aumenta el volumen de usuarios y la carga de obligaciones formales.

El pasado viernes 23 de mayo, la Dian había anunciado que los servicios informáticos de la entidad habían sido restablecidos tras más de una semana de contingencia. Mediante la Resolución 000213 del mismo día, la entidad extendió hasta el lunes 26 de mayo a las 11:59 p. m. el plazo para declarar y pagar sin sanciones ni intereses a quienes tuvieran vencimientos entre el 12 y el 23 de mayo.

Sin embargo, el lunes, cuando vencía este nuevo plazo, la plataforma volvió a fallar. Hasta el momento, la Dian no ha emitido un pronunciamiento oficial sobre esta nueva caída ni ha anunciado medidas adicionales ante la imposibilidad de acceso por parte de los usuarios.

El calendario tributario oficial establece plazos diferenciados según el último dígito del NIT para declarar impuestos como renta de personas jurídicas, activos en el exterior, IVA, retención en la fuente, impuesto al consumo, patrimonio y el anticipo del Régimen Simple de Tributación.

La resolución mencionada también modificó los plazos para la presentación de información exógena tributaria del año gravable 2024. Según lo establecido, los grandes contribuyentes cuyos NIT terminan en 9 y 0, que debían reportar el 12 y 13 de mayo, tendrán como nueva fecha límite el 28 de mayo.

Mientras persiste la caída del sistema, diversos actores del sector tributario insisten en la necesidad de que la Dian extienda los plazos y suspenda sanciones, advirtiendo que la responsabilidad por el incumplimiento no recae sobre los usuarios.

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