La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha publicado el calendario tributario correspondiente al año 2025, estableciendo las fechas límite para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes en Colombia. En el nuevo calendario se detallan los plazos para declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta, el IVA, la declaración de activos en el exterior y otros tributos.
Para los grandes contribuyentes y aquellos en el Régimen Tributario Especial, la presentación y pago del Impuesto sobre la Renta y Complementario se llevará a cabo en tres cuotas:
• Primera cuota: entre el 11 y el 24 de febrero.
• Segunda cuota: entre el 9 y el 24 de abril.
• Tercera cuota: entre el 11 y el 25 de junio.
En cuanto a las personas jurídicas, que no se consideran grandes contribuyentes pero pertenecen al Régimen Tributario Especial, deberán presentar su declaración y efectuar el pago en dos cuotas:
• Primera cuota: entre el 12 y el 23 de mayo.
• Segunda cuota: entre el 9 y el 22 de julio.
Para las personas naturales, el plazo depende de los dos últimos dígitos del NIT. Las fechas de vencimiento son:
• 12 al 19 de agosto: para los NIT que terminan en 01 y 26.
• 1 al 26 de septiembre: para los NIT que terminan en 27 a 66.
• 1 al 24 de octubre: para los NIT que terminan en 67 hasta 00.
Además, las personas no residentes o entidades extranjeras con presencia económica significativa (PES) en Colombia deberán cumplir con pagos anticipados bimestrales de su impuesto sobre la renta. Las fechas límite para estos pagos son:
• Enero – febrero: hasta el 14 de marzo.
• Marzo – abril: hasta el 15 de mayo.
• Mayo – junio: hasta el 14 de julio.
• Julio – agosto: hasta el 12 de septiembre.
• Septiembre – octubre: hasta el 18 de noviembre.
• Noviembre – diciembre: hasta el 16 de enero de 2025.
La declaración de activos en el exterior se presentará de acuerdo con los mismos plazos establecidos para la declaración de renta:
• Grandes Contribuyentes: en abril.
• Personas jurídicas: en mayo.
• Personas naturales: entre el 12 de agosto y el 24 de octubre.
Por su parte, el Impuesto sobre las Ventas (IVA) tendrá los siguientes plazos, de acuerdo con el último dígito del NIT de los contribuyentes:
• Enero – febrero: entre el 11 y el 25 de marzo.
• Marzo – abril: entre el 12 y el 23 de mayo.
• Mayo – junio: entre el 9 y el 22 de julio.
• Julio – agosto: entre el 9 y el 22 de septiembre.
• Septiembre – octubre: entre el 12 y el 26 de noviembre.
• Noviembre – diciembre: entre el 13 y el 26 de enero de 2025.
Para consultar el calendario completo y detallado, los contribuyentes pueden acceder al sitio web oficial de la DIAN en www.dian.gov.co.