En las últimas horas ha habido todo un revuelo por la permanencia del director de la Unidad Nacional de Protección -UNP-, Augusto Rodríguez, ya que recientemente cumplió 70 años, alcanzando así la edad de retiro forzoso, por lo cual la Asociación Sindical de Empleados de esa entidad (ASEP) habría radicado un documento ante la Procuraduría General de la Nación, exhortando a que haya una investigación disciplinaria.
Al respecto, un concepto emitido por la Función Pública señaló que «en criterio de esta Dirección Jurídica, a los directores de unidades administrativas especiales les aplica la edad de retiro forzoso de 70 años, como causal objetiva de retiro del servicio, conforme a lo dispuesto en la Ley 1821 de 2016 en concordancia con la Ley 909 de 2004, ya que dicho empleo no se encuentran dentro de las excepciones referidas en la norma, por lo cual una vez cumplida la edad deberán ser retirados del servicio por encontrarse inhabilitados para desempeñar cargos públicos».
Por su parte, la respuesta desde la UNP no se hizo esperar, y desde la cuenta de la entidad en X, señalaron que «la solicitud de retiro forzoso no aplica al empleo del Director de la UNP. El sindicato que pide el retiro del actual Director no tuvo en cuenta las excepciones que rigen la materia de retiro forzoso por edad».
Asimismo emitieron un comunicado en las últimas horas en el que aseguraron que ASEP elevó la consulta a la Función Pública de manera amañada, ya que, según ellos, la Unidad Nacional de Protección es una entidad descentralizada y por tanto, exenta de cumplir la norma de retiro forzoso.
Vea aquí el concepto emitido por la Función Pública:
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