Con el inicio del calendario tributario del nuevo año, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) reiteró la importancia de mantener actualizado el Registro Único Tributario (RUT).
Este documento basicamente funciona como la identificación fiscal de personas naturales y jurídicas en el país, aunque muchos ciudadanos creen que este trámite se realiza una sola vez, la entidad recordó que el RUT debe reflejar siempre la situación real del contribuyente.
En 2026 el llamado cobró mayor relevancia por el ajuste de la Unidad de Valor Tributario (UVT), que quedó fijada en 52.374 pesos. Este cambio modificó varios topes de ingresos y responsabilidades tributarias, lo que puede llevar a que algunas personas queden mal clasificadas ante la DIAN sin advertirlo.
Quienes ya han sacado el RUT sabrán que este concentra los datos de identificación, ubicación, actividad económica y responsabilidades fiscales, mientras que para quienes apenas harán su primera trámitación, esto es un dato importante.
Por otra parte, vale la pena anotare que por norma general, cualquier modificación en esta información debe reportarse dentro del mes siguiente a que ocurra el cambio, siendo el propio contribuyente el responsable de cumplir con este deber formal y, que no hacerlo puede traducirse en sanciones económicas, dificultades para realizar trámites bancarios o problemas para firmar contratos, especialmente con entidades públicas.
Entre los casos en los que la actualización del RUT es obligatoria se encuentran las personas naturales que durante 2025 superaron ingresos brutos equivalentes a 3.500 UVT y que, por ese motivo, deben asumir la responsabilidad del IVA.
También deben hacerlo quienes hayan iniciado una nueva actividad económica, cambiado su actividad principal o diversificado sus ingresos, así como quienes modificaron datos básicos como la dirección, el correo electrónico o el número de contacto.
La obligación también aplica para los contratistas del Estado que aspiren a firmar o renovar contratos con entidades públicas, ya que el RUT debe reflejar con precisión la actividad económica y las responsabilidades fiscales asociadas al objeto contractual.
A esto se suman los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación que ya no cumplen los requisitos para permanecer en este esquema y las personas o empresas que cerraron definitivamente un negocio y deben registrar el cese de actividades.
La DIAN recordó que la actualización del RUT no tiene ningún costo y que, en la mayoría de los casos, puede realizarse de manera virtual a través de su portal transaccional. Sin embargo, existen reglas para evitar inconsistencias, como límites en la modificación frecuente de la dirección y restricciones para eliminar ciertas responsabilidades sin verificación previa.
Tener el RUT desactualizado puede generar que la autoridad tributaria asigne obligaciones que no corresponden, emita requerimientos innecesarios o imponga sanciones por incumplimiento.






