jueves, enero 29, 2026
InicioEducar en DemocraciaEducar en Democracia: ¿Qué requisitos se necesitan para formar un partido político...

Educar en Democracia: ¿Qué requisitos se necesitan para formar un partido político en Colombia?

La legislación colombiana establece un marco normativo específico para la creación y funcionamiento de partidos y movimientos políticos, con el fin de garantizar el pluralismo, la participación ciudadana y la organización democrática.

De acuerdo con la Constitución Política y las leyes vigentes, los partidos políticos son instituciones de carácter permanente que buscan canalizar la voluntad popular y acceder a cargos de elección, mientras que los movimientos políticos se definen como asociaciones de ciudadanos creadas para influir en la formación de decisiones políticas o participar en procesos electorales.

El derecho a constituir partidos y movimientos está reconocido para todos los colombianos, quienes pueden organizarlos, afiliarse o retirarse libremente y difundir sus ideas y programas. Este derecho también cobija a organizaciones sociales que deseen participar en escenarios políticos, siempre que cumplan los requisitos constitucionales y legales establecidos.

Para que un partido o movimiento político obtenga personería jurídica, el Consejo Nacional Electoral es la autoridad encargada de su reconocimiento. El trámite debe iniciarse con una solicitud formal presentada por las directivas de la organización, acompañada de los estatutos que regulan su estructura interna y funcionamiento. Estos documentos deben ajustarse a la Constitución y a la ley, y pueden ser objeto de control por parte de la autoridad electoral o de impugnaciones ciudadanas.

Otro requisito central es la demostración de respaldo ciudadano. La norma permite acreditar este apoyo mediante la recolección de al menos 50.000 firmas válidas o a través de la obtención de una votación mínima equivalente en una elección previa, ya sea al Senado o a la Cámara de Representantes.

También es posible cumplir este requisito si se cuenta con representación en el Congreso de la República. La ley aclara que no es permitido sumar votos de circunscripciones nacionales con territoriales o especiales para alcanzar el umbral exigido.

Adicionalmente, la organización debe presentar un documento que contenga su plataforma política, en el que se expongan de manera clara su filosofía, principios, programas y aspiraciones. Este texto es el que permite identificar el proyecto político que se pretende desarrollar y diferenciarlo de otras colectividades existentes.

El Consejo Nacional Electoral dispone de un plazo máximo de 30 días hábiles para estudiar la solicitud y decidir sobre el otorgamiento de la personería jurídica. Una vez reconocidos, los partidos y movimientos adquieren derechos y obligaciones.

Pueden postular candidatos a cargos de elección popular, acceder a financiación estatal y participar en espacios de divulgación política, siempre dentro de los límites fijados por la ley. Al mismo tiempo, están obligados a rendir cuentas sobre sus ingresos y gastos, cumplir con las normas de financiación y respetar los principios de organización democrática, transparencia y legalidad.

La normativa también regula la pérdida de la personería jurídica, que puede ocurrir si la colectividad no alcanza el mínimo de votos exigido en una elección, si se disuelve conforme a sus estatutos o si el Consejo Nacional Electoral así lo declara por las causales previstas en la ley. De esta manera, el sistema jurídico colombiano define las condiciones bajo las cuales se crean, operan y se mantienen los partidos políticos en el país.

ÚLTIMAS NOTICIAS