La entrada en vigencia de la reforma pensional, contemplada originalmente para el mes de julio, ya no se producirá en esa fecha tras la decisión de la Corte Constitucional de devolver la Ley 2381 de 2024 a la Cámara de Representantes.
Así lo confirmó el presidente de Colpensiones, Jaime Dussán, quien explicó que el nuevo calendario dependerá de los tiempos legislativos que demande la subsanación del trámite.
La Corte Constitucional, en una decisión unánime, determinó que el proyecto de ley debía regresar a la Cámara para surtir nuevamente su cuarto debate. La medida se tomó al considerar que la corporación no debatió de forma autónoma el texto que había sido aprobado previamente por el Senado, incumpliendo con el procedimiento legislativo establecido.
En declaraciones a medios de comunicación, Dussán precisó que la determinación del alto tribunal no cuestiona el contenido de la reforma, sino el procedimiento con el que se dio su aprobación. “La Corte no ha dicho nada sobre el contenido de la ley, sino sobre el procedimiento”, señaló. También indicó que, en caso de que la Cámara demore el trámite requerido, deberá ajustarse la fecha de expedición de la ley.
El presidente de Colpensiones manifestó su expectativa de que la Cámara de Representantes apruebe nuevamente el proyecto, tal como lo ordenó la Corte, para permitir que el nuevo sistema pueda ser implementado. “Si se aprueba mayoritariamente, la ley pensional va a estar vigente prontamente para que Colpensiones continúe con su tarea”, añadió.
Según Dussán, la entidad ya ha adelantado procesos de coordinación con los fondos privados de pensiones para preparar la ejecución del nuevo modelo. Afirmó que se han superado dificultades previas relacionadas con el proceso de traslado entre regímenes y que más de 17 millones de ciudadanos participaron en este mecanismo de transición.
“El objetivo ha sido que los afiliados tomen una decisión informada, con asesoría desde ambas modalidades”, dijo Dussán, quien resaltó que se trata de un proceso conjunto con el sector privado.
La Secretaría General del Congreso tendrá que remitir nuevamente el proyecto a la presidencia de la plenaria de la Cámara, para que se cumpla con el procedimiento exigido. La Corte identificó falencias relacionadas con la aprobación de una proposición sustitutiva durante el debate legislativo, cuyo tratamiento, según los demandantes, no respetó principios como el de publicidad.
La Cámara dispone ahora de un plazo de 30 días hábiles para subsanar el trámite, contados a partir de la notificación de la decisión del alto tribunal. Este proceso deberá adelantarse mientras el Congreso esté en sesiones ordinarias, o en su defecto, a través de sesiones extraordinarias.
La atención del Legislativo se encuentra actualmente centrada en el avance de la reforma laboral, cuya conciliación con la Cámara está en curso tras su aprobación en el Senado. Por ahora, no se ha definido el calendario exacto para el nuevo debate de la reforma pensional en la Cámara de Representantes.