sábado, enero 24, 2026
InicioColombia(DOCUMENTO) Este es el texto del borrador del Auto con el que...

(DOCUMENTO) Este es el texto del borrador del Auto con el que la Corte Constituicional suspendería los decretos de la Emergencia Económica

Un borrador de decisión de la Corte Constitucional, reveló que el alto tribunal evalúa la suspensión provisional del decreto con el que el Gobierno Nacional declaró el estado de emergencia económica y social en todo el país. Se trata del Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, cuya validez está siendo analizada en el marco del control automático de constitucionalidad.

Según el documento de 86 páginas, la Sala Plena abordó de manera extensa la procedencia excepcional de la suspensión provisional de decretos legislativos expedidos durante estados de excepción. Para ello, el tribunal ajustó su jurisprudencia previa, en especial la interpretación derivada de la Sentencia C-179 de 1994, con el fin de garantizar de manera efectiva el principio de supremacía constitucional.

La Corte explicó que esta suspensión provisional no constituye un prejuzgamiento sobre el fondo del asunto, sino un mecanismo cautelar, accesorio y temporal que permite detener los efectos de una norma con fuerza de ley mientras se adopta una decisión definitiva. El objetivo, señaló el borrador, es evitar que se consoliden efectos irreversibles que puedan vulnerar la Constitución.

En su análisis preliminar, la Sala Plena concluyó que el decreto de emergencia presenta, prima facie, serias inconsistencias tanto formales como materiales. En el plano procedimental, advirtió posibles irregularidades en la firma del decreto y una falta de motivación suficiente frente a las ocho causas invocadas por el Gobierno para justificar la emergencia, como exige el artículo 215 de la Constitución.

En cuanto a los requisitos materiales, la Corte encontró que las causas alegadas no serían sobrevinientes ni extraordinarias, sino problemas de carácter estructural o crónico, algunos de los cuales ya eran previsibles. Además, consideró que no se acreditó de manera clara la inminencia de una perturbación grave del orden económico y social, ni se explicó adecuadamente por qué los mecanismos ordinarios resultaban insuficientes para atender la situación.

El tribunal también subrayó que el uso del estado de emergencia no puede convertirse en una vía para introducir medidas que no superaron el debate democrático en el Congreso, especialmente en materia tributaria, pues ello afectaría principios como la legalidad, la reserva de ley y la separación de poderes.

Bajo estos argumentos, la Sala Plena estimó proporcionada y necesaria la suspensión provisional del Decreto 1390 de 2025, así como de sus decretos de desarrollo, entre ellos el Decreto 1474 del 29 de diciembre de 2025. La medida se mantendría vigente hasta que la Corte profiera una decisión definitiva sobre la constitucionalidad del estado de emergencia.

El borrador, que aún no constituye un fallo en firme, marca un paso relevante en el control judicial de los poderes excepcionales del Ejecutivo y refuerza el rol de la Corte Constitucional como garante último de la Carta Política y del equilibrio institucional.

ÚLTIMAS NOTICIAS